EL CONGRESO ENDURECE A LAS FUNDACIONES RELIGIOSAS EL ACCESO A LOS BENEFICIOS DE LA LEY DE MECENAZGO
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La Comisión de Economía del Congreso aprobó hoy una enmienda al proyecto de ley de incentivos al mecenazgo qu aumenta los requisitos que deberán cumplir las fundaciones de entidades religiosas para beneficiarse de las ventajas fiscales previstas en la norma.
La modificación fue fruto de una transaccional que presentó CiU a una enmienda del PP, que señalaba que las fundaciones religiosas que quieran acogerse al régimen fiscal de la ley deberán estar inscritas en el Registro de Entidades Religiosas y cumplir el requisito del proyecto referido a las retribuciones de los administradores.
Los nacionalistas ctalanes consideraron que deben ser todos los cargos principales de estas entidades, no sólo los administradores, los que se atengan a las condiciones de cargos gratuitos y retribuciones excepcionales.
El PP aceptó otra enmienda de CiU por la que el Instituto Ramón Llull de promoción de la lengua catalana se incorpora expresamente en el capítulo de entidades beneficiarias del mecenazgo, junto al "Instituto Cervantes y las instituciones con fines análogos de las comunidades autónomas con lengua oficial ropia". Lo mismo ocurrió con la Casa de Asia, que se añade a la Casa de América mencionada en el proyecto, y con los bienes patrimoniales protegidos en las leyes autonómicas.
(SERVIMEDIA)
23 Oct 2002
JRN