TABACO

CONFEMETAL ACONSEJA A LAS EMPRESAS PARA JUSTIFICAR UN DESPIDO POR FUMAR EN LA OFICINA

MADRID
SERVIMEDIA

En una nota informativa enviada a sus empresas, la patronal del sector del metal, Confemetal, aconseja sobre cómo justificar los casos de despido de un trabajador por fumar en la oficina.

En este texto, al que tuvo acceso Servimedia, la organización empresarial afirma que para los casos de despido "resultará más fácil" para las empresas acudir al artículo 54 del Estatuto del Trabajador, e incluir esta conducta en la de "desobediencia o indisciplina en el trabajo".

Asimismo, dice a los empresarios que "a efectos de facilitar el ejercicio del poder disciplinario, es recomendable que éste advierta previamente de la prohibición, señalándola en la entrada, como en los locales de empresa, y dictando una instrucción clara y precisa de la prohibición".

También recuerda que existe la posibilidad de incluir en los contratos de los empleados cláusulas sobre la prohibición de fumar o advertencias sobre la misma.

Para los casos en los que la sanción no sea el despido, Confemetal afirma que hay un "problema" para el empresario, ya que el hecho de fumar no estará tipificado como infracción en el régimen sancionador del convenio colectivo de la empresa.

(SERVIMEDIA)
20 Feb 2006
M