CONDENAN A DOS EMPRESARIOS A 231MILLONES DE MULTA, POR VENDER HUEVOS DE TRUCHA CONTAMINADOS

ZARAGOZA
SERVIMEDIA

Miguel Angel Aguirre y José Ignacio Arnal, responsables de la empresa ENDIASA, deberán indemnizar con 230.912.000 millones de pesetas a la empresa Benamahona S.A., de Cádiz, por venderle huevos de trucha contaminados con una enfermedad vírica procedente de su factoría de Oliván. La firma gaditana tuvo que cerrar a causa de esa operación comercial.

La misma sentencia condena al director de Endiasa, Manuel Auirre, a cumplir 4 meses y un día de prisión mayor, mientras que el biólogo responsable de la empresa, José Ignacio Arnal, fue condenado a seis meses y un día de reclusión menor por sendos delitos de estafa y daños.

El relato de los hechos se remonta al mes de marzo de 1985, cuando esa empresa gaditana decidió establecer un criadero de truchas en Benamahona, comprando 700.000 huevos embrionados en la piscifactoría oscense de Oliván.

Según manifestaron los empresarios afectados, sólo pudieron incuarse la mitad de los huevos, atribuyéndose en un principio los daños a las deficiencias del transporte. Sin embargo, unos análisis posteriores dieron a conocer que estaban contaminados con el virus de la necrosis pancreática, una enfermedad vírica que provoca la muerte de esa especie.

Tanto el ministerio fiscal como la acusación particular presentaron pruebas sobre la existencia de un informe redactado por varios laboratorios alemanes y franceses que advertía de la existencia del virus.

El directr y el biólogo aseguraron que no se prestó atención al informe, que aconsejaba el sacrificio de todas las truchas, "porque se nos dijo que tampoco era muy feaciente, al haber llegado los huevos para su análisis en mal estado".

Por su parte, el gestor de la empresa afectada declaró que la compra de 700.000 huevas, destinadas a transformarse en truchas reproductoras tres años más tarde, supuso la ruina de su negocio, que, a través de un convenio con el Ministerio de Industria, iba a introducir modernas ecnologías para la producción de huevas fuera de temporada.

La defensa pidió la libre absolución de los procesados al considerar que no se habían probado los hechos. La sentencia, considera a la empresa Endiasa como responsable subsidiaria de los hechos, por lo que deberá hacerse cargo del pago de esa cantidad en el caso de que los procesados sean declarados insolventes.

(SERVIMEDIA)
10 Jun 1992
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