CONDENAN AL AYUNTAMIENTO DE SORIA A INDEMNIZAR CON 22 MILLONE Y MEDIO A UN PARTICULAR POR LESIONES
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La Audiencia Provincial de Soria ha condenado al Ayuntamiento de la ciudad a pagar 22,5 millones de pesetas a Luis Ruiz Pérez, parapléjico a consecuencia de un accidente taurino durante las fiestas de San Juan de 1989, por su parte de culpa del siniestro.
El fallo supone la estimación en parte de la demanda de Luis Ruíz, quién solicitó del Ayuntmaiento y de los responsables del festejo 90 millones de pesetas, petición que fue desstimada en primera instancia, absolviendo el juzgado a las partes implicadas.
La sentencia absuelve al presidente de la comisión de festejos, al responsable de la becerrada y al director de lidia por considerar que trabajaban para el Ayuntamiento.
La indemnización que le correspondería al accidentado, que se desenvuelve desde entonces en una silla de ruedas y necesita de la atención permanente de una persona, asciende a 75 millones de pesetas, si bien considera la sentencia, que hubo "concurrenci de culpa", cuantificando la Luis Ruiz en un 70 por ciento y la del consistorio soriano en un 30.
Los hechos ocurrienron en la madrugada del 2 de julio de 1989, cuando Luis Ruiz entró hasta el callejón de la plaza de toros de Soria, en la que se iba a celebrar una becerrada. En un momento determinado saltó al ruedo, cayendo de espalda y golpeándose en la nuca y en la espalda. Los médicos le diagnosticaron una parálisis completa.
El Tribunal de Soria considera probado que el festejo carecía de la portuna autorización del Gobierno Civil, al omitirse el contrato con el director de lidia y la certificación de nacimiento de las reses. De igual manera, resulta demostrado que la plaza se hallaba abarrotada de público, lo que obstaculizó el traslado del accidentado a la enfermería.
Según la sentencia, el Ayuntamiento no realizó las pruebas pertinentes para determinar si la iluminación de la plaza era la correcta, responsabiliza al consistorio soriano por las escasas medidas de vigilancia policial y citica la insuficiente póliza de seguros que suscribió para el festejo.
VIA ADMINISTRATIVA
Sin embargo, no se considera que la falta de autorización del Gobierno Civil para la celebración de la becerrada fuera "causa del resultado dañoso", porque dicha falta se refiere a un requisito administrativo "que daría lugar a una posible falta administrativa".
Por lo tanto, la sentencia de la Audiencia Provincial de Soria insinúa que un recurso administrativo contra el Ayuntamiento tendría visos de prosprar.
La sentencia fue recibida con satisfacción por el abogado del demandante, Raúl Ladera, si bien se negó a añadir más valoraciones y a precisar si la recurrirá.
Quien parece seguro que presentará recurso ante el Tribunal Supremo es el Ayuntamiento, a pesar de que su abogado, Enrique Martínez Marques, no quiso realizar declaraciones hasta que no estudie el fallo con detenimiento.
(SERVIMEDIA)
15 Oct 1992
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