CONDENAN AL AYUNTAMIENTO DE MADRID A DEVOLVER CERCA DE 5 MILLONES A UN CONDUCTOR POR MULTAS MAL TRAMITADAS

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado una sentencia en la que obliga al Ayuntamiento de Madrid a devolver a un conductor la cantidad de 4.560.314 pesetas que le habían sido embargadas como consecuencia del impago de multas derivadas deinfracciones de tráfico, al considerar que las multas han sido mal tramitadas.

Los hechos se remontan al año 1993, cuando el Recaudador Ejecutivo del Ayuntamiento de Madrid procedió al embargo de cuentas corrientes y de ahorro, por importe de 4.560.314 pesetas, del propietario de un vehículo por el impago de multas de tráfico, lo que originó la presentación por parte del afectado de un recurso.

El recurso, interpuesto a través de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), fue presentado al comproba que el Ayuntamiento de Madrid no había notificado legalmente ninguna de las multas al conductor.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado estos argumentos y, además de dejar sin efecto las sanciones que le habían sido impuestas al automovilista madrileño por supuestas infracciones de tráfico, ha obligado al Ayuntamiento a devolver la cantidad embargada.

Para este tribunal, el hecho de no haber notificado la propuesta de resolución al conductor en el expediente administrativo tramitdo por el Ayuntamiento de Madrid impide que el imputado pueda defenderse precisamente en el curso del procedimiento administrativo.

Por ello, considera que la omisión de la comunicación de esta propuesta supone "una violación del derecho constitucional a la defensa en el seno del procedimiento sancionador y, más concretamente, del derecho del interesado a ser informado de la acusación formulada contra él".

Para el director general de AEA, Mario Arnaldo, esta sentencia refuerza la petición realizaa por esta organización al alcalde de Madrid el pasado mes de enero, en el sentido de que se revisen y cancelen los 400.000 expedientes sancionadores existentes en la recaudación ejecutiva -por valor de 6.000 millones de pesetas-, al considerar que "están viciados de idéntica nulidad por haber sido mal notificados".

(SERVIMEDIA)
04 Feb 1997
NLV