CONDENADOS A UNA MULTA DE 2.700 EUROS LOS DOS INDEPENDENTISTAS CATALANES QUE QUEMARON UNA FOTO DE LOS REYES EN GERONA
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La Audiencia Nacional condenó hoy a los independentistas catalanes Jaume Roura y Enric Stern al pago de una multa de 2.700 euros cada uno, por haber quemado durante una manifestación celebrada en Gerona el 13 de septiembre de 2007 unas fotografías de los Reyes.
En concreto, el Juzgado Central de lo Penal condena a Roura y Stern a quince meses de prisión -pero les sustituye la pena por una multa de 2.700 euros cada uno-, al considerar que al quemar el retrato de los Monarcas incurrieron en un delito de injurias contra la Corona.
Esta es la segunda vez que la Audiencia Nacional condena a Roura y Stern, ya que la primera sentencia -en la que también se les impuso una multa de 2.700 euros- fue anulada en marzo pasado por el Pleno de la Sala de lo Penal, que ordenó repetir el juicio.
Los magistrados del Pleno de la Sala de lo Penal consideraron que en la primera vista oral, celebrada el pasado 20 noviembre, se vulneró el derecho a la defensa de los acusados, ya que el juez encargado del caso en aquella ocasión, José María Vázquez Honrrubia, no les permitió hablar en catalán.
Roura y Stern, durante una manifestación independentista celebrada el 13 de septiembre en Gerona con motivo de la visita de los Reyes a ciudad, colocaron en el centro de la plaza del Ayuntamiento varias fotografías de don Juan Carlos y doña Sofía, algunas de ellas boca abajo, las rociaron con gasolina y les prendieron fuego con antorchas.
VILIPENDIAR AL REY
En la sentencia hecha pública hoy, el juez al que se le encargó repetir la vista oral, José Luis Castro, asegura que "evidentemente" la intención de Roura y Stern era "menospreciar y vilipendiar" la figura de los Reyes.
Además, el magistrado señala que los acusados tenían "plena consciencia" de que estaban cometiendo un delito, como lo demuestra el hecho de que para quemar las fotos se taparan la cara con sendos pasamontañas y descarta también toda espontaneidad en la acción, ya que Roura y Stern acudieron a la manifestación provistos de líquido inflamable.
La sentencia destaca que para mostrar su rechazo a la monarquía "no era necesario menosprecias y vilipendiar la figura del Rey quemando su fotografía", y señala que este tipo de acciones no pueden ampararse en el derecho a la libertad de expresión, tal y como sostuvo durante la vista oral el abogado de Roura y Stern, Benet Salellas.
El juez Castro subraya que si bien la Constitución reconoce el derecho a la libertad de expresión y a la participación política "incluso de quienes son contrarios al sistema constitucional", cuestión distinta es cuando bajo el supuesto ejercicio de este derecho "se pretende menoscabar y despreciar la dignidad de otro".
Tras conocer la sentencia, el abogado Salellas anunció que pretende recurrir la resolución ante el Tribunal Supremo e indicó que incluso se plantea la posibilidad de acudir a instancias europeas.
(SERVIMEDIA)
10 Jul 2008
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