RSC

CONDENADO A DOS AÑOS DE CÁRCEL UN HOMBRE QUE COMPRÓ POR 2.000 EUROS A UN NIÑO EN URUGUAY

MADRID
SERVIMEDIA

El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a dos años de cárcel a Pedro José Domingo, al considerarle autor de un delito de alteración de la paternidadpor comprar en Uruguay a un niño por 1.970 euros y registrarlo como suyo.

El titular del Juzgado Central de lo Penal, el magistrado José María Vázquez Honrubia, también ha condenado a dos años de cárcel a Pedro Roche, quien, como abogado de Domingo, le acompañó en su viaje a Uruguay y le ayudó a realizar el papeleo.

Según se recoge en la sentencia hecha pública hoy, el magistrado considera probado que Domingo y Roche se desplazaron a Montevideo, la capital uruguaya, el 25 de julio de 2005, con la intención de comprar un niño.

Ese mismo día, Domingo aseguró ante el Registro Civil de la capital uruguaya ser el padre natural del niño, aportando como domicilio un apartamento alquilado en Montevideo.

Los 27.000 pesos uruguayos (cerca de 800 euros) pagados en concepto de alquiler del apartamento fueron en realidad entregados a la madre del niño.

Una vez efectuado el trámite del registro, el inculpado solicitó en el Registro Civil del consulado de España en Montevideo la transcripción literal de la partida de nacimiento del niño, para poder así darle la nacionalidad española y sacarlo del país.

El 4 de agosto, el acusado regresó a Madrid con el niño. Antes de abandonar el aeropuerto de Montevideo, entregó a la madre del niño otros 4.000 pesos (120 euros).

Además, la madre recibió de Domingo otros 35.000 pesos (1.050 euros) en varios pagos. En total, el acusado entregó a la madre 1.970 euros por el niño.

Fue el cónsul de España en Montevideo el que presentó, el 4 de agosto de 2005, una denuncia ante las autoridades uruguayas por el presunto reconocimiento fraudulento del niño.

Además de los dos años de prisión, el juez Vázquez Honrubia ha impuesto al Domingo la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a la patria potestad, tutela o guarda por un periodo de siete años, y ha ordenado la retirada del Libro de Familia.

(SERVIMEDIA)
29 Oct 2008
F