CONCIERTO VASCO. SOLO EL CONSTITUCIONAL PUEDEDIRIMIR EL CONFLICTO SI NO HAY ACUERDO POLITICO, SEGUN LA APM

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Constitucional es el único órgano competente para resolver el conflicto suscitado entre el Gobierno central y el Ejecutivo vasco por la renovación del Concierto Económico, en el caso de que persista el desacuerdo, pero el Alto Tribunal sólo podrá actuar a instancia de alguna de las partes, según explicó a Servimedia el portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), José Manuel Suárez

Suárez indicó que el Constitucional es el "órgano común" para plantear cualquier tipo de discrepancia entre la Administración central y las autonómicas, pero, para que intervenga, "tendría que plantearlo cualquiera de las dos partes".

El portavoz de la asociación mayoritaria de jueces añadió que, en lo relativo al incumplimiento de un acuerdo de este tipo, no existe aún jurisprudencia del Tribunal Constitucional, "porque siempre ha habido acuerdo entre el Estado y las comunidades autónomas".

Esta es la primera vez que el Gobierno central y el vasco no se ponen de acuerdo sobre la renovación del Concierto Económico, por lo que, si el Tribunal Constitucional tuviese que dirimir el caso, no tendría precedentes sobre los que basar su decisión.

CONFLICTO DE COMPETENCIAS

Según consta en el artículo 61 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, "pueden dar lugar al planteamiento de los conflictos de competencias las disposiciones, resoluciones y actos emanados de los órganos del Estado ode los órganos de las Comunidades Autónomas o la omisión de tales disposiciones, resoluciones o actos".

Dicha normativa también establece que la decisión del Tribunal Constitucional "vinculará a todos los poderes públicos y tendrá plenos efectos frente a todos".

(SERVIMEDIA)
03 Ene 2002
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