CONCIERTO VASCO. SOLO EL CONSTITUCIONAL PUEDE DIRIMIR EL CONFLICTO SI O HAY ACUERDO POLITICO

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Constitucional es el único órgano competente para resolver el conflicto suscitado entre el Gobierno central y el Ejecutivo vasco por la renovación del Concierto económico, en el caso de que persita el desacuerdo, pero el Alto Tribunal sólo podrá actuar a instancia de alguna de las partes, según explicó hoy a Servimedia el portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, José Manuel Suárez.

Suárez indicó que el Constitucionales el "órgano común" para plantear cualquier tipo de discrepancia entre la Administración central y las autonómicas, pero, para que intervenga, "tendría que plantearlo cualquiera de las dos partes".

El portavoz de la asociación mayoritaria de jueces añadió que, en lo relativo al incumplimiento de un acuerdo de este tipo, no existe aún jurisprudencia del Tribunal Constitucional, "porque siempre ha habido acuerdo entre el Estado y las comunidades autónomas".

Esta es la primera vez que el Gobierno cntral y el vasco no se ponen de acuerdo sobre la renovación del Concierto Económico, por lo que, si el Tribunal Constitucional tuviese que dirimir el caso, no tendría precedentes sobre los que basar su decisión.

CONFLICTO DE COMPETENCIAS

Según consta en el artículo 61 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, "pueden dar lugar al planteamiento de los conflictos de competencias las disposiciones, resoluciones y actos emanados de los órganos del Estado o de los órganos de las Comunidades Autónoms o la omisión de tales disposiciones, resoluciones o actos".

Dicha normativa también establece que la decisión del Tribunal Constitucional "vinculará a todos los poderes públicos y tendrá plenos efectos frente a todos".

(SERVIMEDIA)
02 Ene 2002
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