LA COMUNIDAD RECUERDA LAS CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LAS PISCINAS - Los socorristas deben estar inscritos en el registro de profesionales de la Agencia Laín Entralgo
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La Comunidad de Madrid (CAM) recordó hoy las condiciones, tanto higiénico-sanitarias como de personal, que deben cumplir todas las piscinas de uso colectivo, tanto públicas como privadas, para garantizar la seguridad de los bañistas.
Según la CAM, las piscinas de uso colectivo, incluidas las de comunidades de vecinos de más de 30 viviendas, deben disponer de un servicio de socorrista. Además, estos profesionales deberán tener los conocimientos suficientes en materia de socorrismo acuático y prestación de primeros auxilios, una formación que ha de estar acreditada por la Agencia Laín Entralgo.
Los requisitos que deben cumplir los socorristas sonhaber cumplido los 16 años, acreditar formación en primeros auxilios y soporte vital básico (40 horas) y socorrismo acuático (40 horas), y estar inscritos en el Registro de Socorristas de la Agencia Laín Entralgo. Además, deberán actualizar su formación cada dos años.
El objetivo de estos requisitos es, según el Gobierno regional, garantizar la existencia de unos niveles mínimos de conocimientos, habilidades y aptitudes de los socorristas. Estos profesionales deben permanecer en las instalaciones durante todo el tiempo de funcionamiento de las mismas; y el número de socorristas es de un mínimo de 1 hasta 500 metros cuadrados de lámina de agua, de 2 entre 500 y 1.000 metros cuadrados, y por cada 1.000 metros más un socorrista más.
Las piscinas deben tener también elementos de apoyo de rescate, como salvavidas (como mínimo dos ubicados en lugares visibles y de fácil acceso). Los responsables de las piscinas deben vigilar, además, la calidad del agua y de las instalaciones, siendo los ayuntamientos los competentes en materia de autorización, inspección y ejercicio de la potestad sancionadora de las piscinas.
(SERVIMEDIA)
29 Mayo 2005
NLV