COMUNIDAD MADRID. EL PSOE RECURRE LA INADMISION A TRAMITE DE SU QUERELLA POR LAS EXIGENCIAS "INCONSTITUCIONALES" DEL TRIBUNAL

-Dice además que el auto de inadmisión es "nulo de pleno derecho" porque no se comunicó la incorporación de un magistrado

-Barajan llegar hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y acusan a Cardenal de secundar las pretensiones del Gobierno

MADRID
SERVIMEDIA

El PSOEconsidera "inconstitucional" la exigencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de que acredite la comisión de un delito por parte de Eduardo Tamayo y Teresa Sáez, al mismo tiempo que se niega la posibilidad de obtener esas pruebas, y ése es uno de los argumentos esgrimidos en el recurso de súplica presentado por los socialistas contra la inadmisión a trámite de su querella.

El recurso contra el auto del TSJM, de 17 folios, fue presentado por el PSOE al filo de la pasada medianoche, y expicado hoy a los medios de comunicación por los dirigentes socialistas Juan Fernando López Aguilar y Diego López Garrido, y por el abogado del partido José Manuel Gómez Benítez.

Los socialistas argumentan, en primer lugar, que su querella narraba sólo "indicios de la existencia de un delito de cohecho", y el auto del TSJM "nos pide una inconstitucional acreditación anticipada del delito y sus elementos, a la vez que nos niega mediante la inadmisión de la querella la posibilidad de obtenerla".

Consderan que los indicios aportados son suficientes para que se abra una investigación y que sean los tribunales los que determinen con diligencias probatorias si realmente existió delito. Exigir al PSOE que aporte pruebas vulnera, dicen, su derecho a una tutela judicial efectiva.

Por ello, anuncian que si el TSJM rechaza este recurso de súplica pedirán amparo al Tribunal Constitucional, y barajan incluso llegar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

LA IMPORTANCIA DE LOS INDICIOS

Los socialista precisan que su querella no presentaba los hechos narrados como constitutivos en sí mismos de delitos, sino como indicios, y creen que el auto del TSJM ignora la jurisprudencia constitucional que considera válidas las pruebas indiciarias para iniciar un proceso penal e, incluso, para probar la comisión de un delito.

Recuerdan que, según esta jurisprudencia, el proceso penal puede ser abierto a partir de pruebas indiciarias que permiten establecer relaciones lógicas entre eslabones hasta llegar a consituir una prueba de la comisión del delito.

Entre esa jurisprudencia del Constitucional se encuentra, según señalan en su recurso, la resolución de recursos de amparo sobre el caso "Lasa-Zabala", que terminó con condenas por asesinato porque se probó una relación "coherente, lógica y racional" de indicios a partir de hechos ciertos.

"En la querella se narran hechos que consideramos cabalmente ciertos -indicios- que, según las reglas de experiencia y engarzados lógica, coherente y racionalmente enre si permiten establecer la conclusión indiciaria de que los diputados actuaron por móviles económicos espurios, lo que equivale a decir, por dádiva o promesa de dádiva y, desde luego, de que sus actos han sido, en consecuencia, legalmente injustos".

Los socialistas resumen en su recurso esos "hechos ciertos" y recuerdan además que el concepto penal de "dádiva o promesa de dádiva" para determinar un delito de cohecho es muy amplio en la jurisprudencia, y no se limita sólo a la percepción de dinero. Argumentan también que la inadmisión a trámite de una querella debe ser "constitucionalmente excepcional y debe estar motivada racionalmente", pero el auto del TSJM "incurre en errores patentes y contiene una fundamentación arbitraria, es decir, no racional".

El último argumento esgrimido por los socialistas es que el auto es "nulo de pleno derecho" porque no se notificó la incorporación de un magistrada a la sala en el momento de resolver sobre la querella, negando al PSOE la posibilidad de recusalo y vulnerando así su derecho fundamental a un juez imparcial y a un proceso con todas las garantías.

En definitiva, recuerdan que el delito de cohecho es uno de los que son juzgados por tribunal de jurado, y lo es porque la apreciación de culpabilidad no requiere una explicación técnica, sino la aplicación del sentido común por parte de los ciudadanos que forman ese jurado.

Ese mismo sentido común es el que le piden al TSJM para que tenga en cuenta los indicios aportados y abra una investigació para saber si existió delito.

CONTRA CARDENAL

Tanto los dirigentes socialistas como el abogado reiteraron que legalmente no hay motivo para que el fiscal general del Estado paralice la investigación de la Fiscalía Anticorrupción mientras se resuelve este recurso.

En primer lugar, subrayan que no hay procedimiento abierto y, además, recuerdan que la Ley de Enjuiciamiento Criminal sólo dice que el fiscal que esté investigando debe ponerse al servicio del juez instructor en el momento en que se ara ese procedimiento, pero no que no pueda investigar mientras eso sucede.

Acusan por ello a Jesús Cardenal de "obstruir" la investigación secundando la pretensión del Gobierno, "echar tierra" sobre este asunto, que no se conozca lo sucedido y que se repitan las elecciones "para que esta vez los madrileños voten bien" y den la mayoría al PP.

El abogado defendió, además, la tarea que ha realizado hasta ahora, de la que se responsabiliza personalmente. Niega que una denuncia hubiera tenido mejor efcto para el PSOE que la querella presentada y dice también que numerosos profesionales del Derecho están aconsejando a los socialistas desde fuera del partido.

Con menos indicios, dice, él mismo consiguió que se investigara al juez Estevill y se desvelara una trama de corrupción en las esferas judiciales de Cataluña que terminó con el magistrado en prisión.

(SERVIMEDIA)
08 Jul 2003
CLC