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Competencia plantea a LaLiga que revise el papel de Mediapro para emitir fútbol español en Asia y Oceanía

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) aprobó este jueves un informe sobre las condiciones de LaLiga para comercializar los derechos audiovisuales de la Primera y la Segunda División y ‘play-offs’ de fútbol español en ciertos países de Asia y Oceanía en el que recomienda “revisar” el papel de Mediaproducción S.L.U. (Mediapro) como encargada de la comercialización.

Además, Competencia aconseja preservar los principios de publicidad, transparencia, competitividad y no discriminación en el proceso de adjudicación de los derechos, y no incluir facultades, reservas o titularidad de derechos no atribuidos por el Real Decreto-ley 5/2015.

Aclarar las condiciones en cuanto a la emisión lineal o no lineal y no discriminar entre operadores, y considerar una duración de los contratos adecuada a las normas de competencia son otras recomendaciones.

Por otro lado, la CNMC ha aprobado otro informe que analiza las condiciones propuestas por LaLiga para comercializar derechos audiovisuales de fútbol en España, en concreto un partido en abierto en Primera División y otro en Segunda División, los derechos completos de la Segunda División y ‘play-offs’, la emisión en establecimientos públicos (como hoteles, restaurantes y cafeterías) y resúmenes.

Así, recomienda suprimir la posibilidad de presentar ofertas por un plazo de cuatro y/o cinco temporadas (y que se limite a tres), y fijar criterios objetivos para la valoración de los requisitos a la hora de adjudicar los lotes limitando la discrecionalidad de LaLiga y aumentando la certidumbre para los operadores.

Eliminar la discriminación entre operadores, como la restricción de que solo operadores de TV de pago puedan pujar por todo el campeonato de la Segunda División; no incluir facultades, reservas o titularidad de derechos no atribuidos por el Real Decreto-ley 5/2015, y no imponer obligaciones relativas a la publicidad que no se encuentran amparadas por la norma y que resultan injustificadas y contrarias al principio de libertad de empresa completan el capítulo de recomendaciones.

La CMNC ha emitido esos informes se emiten en virtud del artículo 4 del Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de abril, de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional, que exige a las comercializadoras solicitar a la Competencia un informe previo sobre las condiciones de comercialización propuestas.

(SERVIMEDIA)
07 Abr 2022
MGR/gja