COMPETENCIA. LOS LITIGIOS PODRAN RESOLVERSE ENTRE LAS PARTES SIN NECESIDAD DE LLEGAR A JUICIO

- Según la reforma de la Ley de Defensa de la Competencia que el Gobierno ha remitido al Parlamento

MADRID
SERVIMEDIA

Los litigios entre empresas sore competencia podrán resolverse por acuerdo entre las partes con la mediación del Tribunal de Defensa de la Competencia y sin necesidad de llegar a juicio, según un proyecto de ley aprobado hoy por el Consejo de Ministros.

El proyecto reforma la ley de Defensa de la Competencia de 1989 y abre la posibilidad del acuerdo entre partes, siempre que no resulte contrario a los derechos de terceros o al ordenamiento jurídico.

Otro aspecto relevante de la modificación es el nuevo régimen de notificaciónobligatoria de concentraciones económicas por encima de determinados umbrales.

Este sistema es equiparable al vigente en el ámbito comunitario y, según el Gobierno, permitirá dotar a los órganos de defensa de la competencia de un control más eficaz de los procesos de fusión, concentración o acuerdos empresariales.

El proyecto reconoce además al tribunal la facultad de emitir un informe sobre la procedencia y cuantía de las indemnizaciones por daños y perjuicios que tengan que satisfacer a los perudicados los responsables de acuerdos, prácticas y conductas contrarias a la libre competencia.

También introduce el principio de "intervención selectiva" del Tribunal de Defensa de la Competencia. Según esta regla, los órganos de defensa de la competencia podrán decidir no iniciar expedientes de escasa relevancia desde el punto de vista competitivo, con el fin de salvaguardar sus recursos para los asuntos que pudieran afectar de forma más intensa al funcionamiento correcto de los mercados y a los intreses de los operadores económicos y los ciudadanos.

(SERVIMEDIA)
18 Jun 1999
JRN