LA COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA COMPARTIRÁ SUS FUNCIONES REGULATORIAS CON LAS ADMINISTRACIONES CENTRAL Y AUTONÓMICA
- El Gobierno completa la liberalización del gas y la electricidad
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La Comisión Nacional de Energía (CNE), hasta ahora el único órgano regulador en materia energética (petróleo, gas, electricidad, renovables) compartirá sus funciones regulatorias con las administraciones central y autonómica, según los proyectos de ley sobre los mercados de electricidad y gas que hoy aprobó el Consejo de Ministros.
El Ejecutivo culmina así el proceso de liberalización de los sistemas eléctrico y gasista españoles, ya que muchas de las normas contenidas en las directivas comunitarias que se transponen con los dos proyectos de ley ya han sido incorporadas a la legislación española.
Los nuevos proyectos de ley señalan las competencias de las autoridades reguladoras en el ámbito energético, definiéndose como tales a la Administración General del Estado, a las comunidades autónomas y a la Comisión Nacional de Energía.
Al explicitar esta cuestión, los textos aclaran que en España no sólo regula la CNE, sino también la Administración General del Estado o las comunidades autónomas.
Las principales consecuencias para los consumidores domésticos, ya que los industriales ya están en el mercado liberalizado de gas y electricidad por imperativo legal, es que el 1 de enero de 2008 dejará de existir la tarifa de gas y el 1 de enero de 2011, la eléctrica, aunque habrá una "tarifa de último recurso" para aquellos que así lo deseen o no les quiera vender energía ninguna compañía en el mercado liberalizado.
ACCESO DE TERCEROS
El nuevo texto pretende asegurar la independencia real de la gestión de las redes y, en consecuencia, la total transparencia y objetividad en el acceso de terceros a las infraestructuras del sistema energético.
De forma transitoria hasta el 1 de enero de 2011, en el campo de la electricidad habrá la nueva figura de los "comercializadores a tarifa", que se encargarán del suministro a tarifa en lugar de las compañías de distribución.
Un aspecto destacado del proyecto de ley se refiere a la obligación de crear una unidad orgánica específica dentro de Red Eléctrica de España (REE), encargada de desarrollar en exclusiva las funciones de operador del sistema y gestor de las redes de transporte, distintas de la de transportista.
La nueva normativa realiza una diferenciación en la red de transporte, en la que se introduce una separación entre transporte primario (400 kV) y secundario (220 kV). Esta diferenciación permite ampliar el papel de las comunidades autónomas en la autorización de instalaciones de transporte secundario que no excedan su ámbito territorial, reconociendo el hecho de que, en ocasiones, las instalaciones de 220 kV realizan funciones de distribución y son susceptibles de una gestión descentralizada.
Por otra parte, el Operador del Mercado Eléctrico (Omel) dejará de ser financiado a través de la tarifa, para pasar a autofinanciarse a través de los agentes que participan en el mercado. Este cambio será progresivo, conviviendo de forma transitoria ambos tipos de financiación hasta el año 2010. De esta forma, se consigue la internalización progresiva de estos costes por partes de las empresas eléctricas que participan en el mercado organizado.
OFICINA DE CAMBIOS
Otra de las novedades es la creación de la Oficina de Cambios de Suministrador, una sociedad independiente que será responsable de la supervisión de los cambios de suministrador de energía eléctrica y gas natural. Con esta medida se pretende evitar todos los posibles obstáculos a la competencia, agilizando al máximo los cambios de suministrador.
Para el ejercicio de su actividad, la Oficina de Cambios de Suministrador tendrá acceso a las bases de datos de consumidores y puntos de suministro de gas y electricidad propiedad de las empresas, una medida que, si bien no se encuentra entre las modificaciones exigidas por la directiva comunitaria, el Gobierno ha considerado necesario introducirla.
Asimismo, tanto para el sector de la electricidad como para el del gas, y con la función de realizar un seguimiento permanente de la garantía de los suministros energéticos, se crea un Comité de Seguimiento de la Gestión Técnica del Sistema Energético.
Estará compuesto por representantes de la Secretaría General de Energía, del Gestor Técnico del Sistema Gasista, del Operador del Sistema Eléctrico, de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos y de la Comisión Nacional de Energía.
En el mercado del gas, en España desde el día 1 de enero de 2003 todos los consumidores pueden elegir suministrador y en la actualidad el 83% de los consumidores españoles están ya en el mercado liberalizado.
ENAGÁS
En el caso de Enagás, que actualmente suministra gas y gestiona los gasoductos, deberá dejar de suministrar gas a los distribuidores y, para reforzar la independencia de sus funciones de gestor técnico de todo el sistema gasista, deberá separar las actividades que realiza como gestor del sistema de aquéllas que desempeña como transportista.
Igualmente, con la finalidad de incrementar la independencia de Enagás, el nuevo texto establece la reducción de la cuota máxima de participación en el accionariado de dicha sociedad y limita el porcentaje máximo de participación de los sujetos que realicen actividades en el sector gasista.
Así, de forma similar a REE, ninguna persona física o jurídica podrá tener una participación directa o indirecta en el capital de Enagás superior al 5%. En cuanto a los derechos políticos, nadie podrá ejercer éstos con un porcentaje de capital que supere el 3%.
En el nuevo marco, los transportistas no incorporarán gas al sistema y por tanto dejan de tener las obligaciones de existencias mínimas y de diversificación de suministro, que son asumidas por los comercializadores y por los Consumidores Directos en Mercado. De este modo, ya no se requerirá la participación de los transportistas en la Corporación de Reservas Estratégicas.
(SERVIMEDIA)
01 Sep 2006
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