LA COMISION DE LA CE SUPRIME AYUDAS FISCALES DEL PAIS ESTABLECIDAS POR EL GOBIERNO VASCO EN 1988

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión de la CE ha revocado los beneficios fiscales en l Impuesto de Sociedades(IS) y de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) estableciodos por las Diputaciones de Alava, Guipuzcoa y Vizcaya y el propio Gobierno Vasco en 1988, por considerarlos incompatibles con el Tratado Constitutivo de la Comunidad.

La Decisión de la Comisión, que firma el comisario Van Miert, publicada el 3 de junio en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, va más allá al obligar a modificar las normas antes del 1 de enero de 1994, ya que en caso contrario, todas las ayudasque se concedan a a partir de esa fecha deberán ser reembolsadas.

"La trascendencia de esta Decisión debe ser evaluada ante la creciente autonomía de las Haciendas Forales, ya que supone un impulso para lograr una mayor disciplina y una mayor coordinación de las políticas forales y la del territorio común", ha dicho a Servimedia Ignacio de Andrés, socio-director de De Andrés y Artiñano.

El texto de la decisión de la Comisión no deja lugar a dudas y adquiere un especial significado y relevancia enestos momentos en los que se está agudizando el debate y la polémica sobre algunos proyectos forales y autonómicos como las denominadas "vacaciones fiscales" o el anuncio de la creación de bancos autonómicos, e incluso podría prestar argumentos a las negociaciones políticas entre el PSOE y CIU y PNV.

La Decisión de la Comisión mantiene un criterio totalmente distinto al de las Haciendas Forales que mediante las Normas Forales 28/1988 (Alava), 8/1988 (Vizcaya) y 6/1988 (Guipuzcoa), así como los decreto 205/1988 y 227/1988 del Gobierno Vasco establecían una serie de incentivos a la inversión en el Impuesto sobre transmisiones patrimoniales, el de Sociedades y el IRPF.

Los argumentos de la Comisión parten del hecho de que "sólo determinadas empresas pueden tener acceso a las ayudas relativas al IS y al IRPF" ya que las normas citadas reducen su aplicación a las empresas que operan solamente en el País Vasco o personas físiscas que desarrollan su actividad objeto de ayuda en este territorio.

La Cmisión está convencida de que este sistema "falsea la competencia" y "es contrario a la libertad de establecimiento prevista en el artículo 52 del Tratado", por lo que las ayudas "deben ser suprimidas".

(SERVIMEDIA)
14 Jun 1993
JCV