COLZA. LA SENTENCIA ES UNA "EXTRAORDINARIA NOTICIA" PARA LOS AFECTADOS, SEGUN LA OCU
- Esta asociación de consumidores nació a raíz del síndrome tóxico
- El Estado debe pagar cerca de 600.000 millones de pesetas en indemnzaciones a las víctimas y sus familiares
- El abogado de OCU que ha llevado la causa durante 17 años no puede disfrutar las mieles del triunfo por encontrarse en la UVI a causa de una enfermedad
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La sentencia del Tribunal Supremo que condena al Estado como responsable civil subsidiario en el caso del síndrome del aceite tóxico o de la colza fue recibida hoy en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) como "una extraordinaria noticia, porque significa a confirmación de algo que es fundamental, que las víctimas puedan tener derecho a la indemnización", señaló a Servimedia su portavoz, José María Múgica.
La OCU, que surgió como asociación de consumidores con motivo del síndrome del aceite tóxico en 1981, es la organización que ha llevado el peso de la acusación en el caso al lado de las asociaciones de afectados.
Precisamente el abogado de OCU que ha peleado durante estos últimos 17 años por los damnificados, Ignacio Iriarte, no puede saborear ls mieles del triunfo por encontrarse hoy ingresado en la UVI aquejado de una enfermedad.
La sentencia reconoce que el síndrome tóxico ha causado hasta la fecha un total de 1.098 muertes y 20.000 lesionados. El Alto Tribunal cifra en 7,5 millones la indemnización para los herederos de cada fallecido y en hasta 45 millones para los afectados que sufran gran invalidez.
Múgica señaló que las indemnizaciones le supondrán al Estado más de medio billón de pesetas, una cantidad "monstruosa" por su volume. "Lógicamente, va a ser muy difícil que la Administración pueda hacer frente a esta indemnización en un momento como este", añadió.
La OCU considera que habría que plantear el asunto en el ámbito de la Ley de Presupuestos del Estado "y realmente tanta cantidad de dinero no parece que pueda salir tan fácil; de todas maneras, incluso ya se había planteado la posibilidad de un pago fraccionado".
(SERVIMEDIA)
02 Oct 1997
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