COLEGIO CEUTA. EL DEFENSOR DEL PUEBLO PIDE A LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS QUE GARANTICEN LA ESCOLARIZACION DE LOS NIÑOS MARROQUIES

MADRID
SERVIMEDIA

El Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, pidió hoy a las autoridades educativas que garanticen la escolarización de los 30 niños marroquíes en el colegio público "Juan Morejón" de Ceuta.

Tras examinar la información obtenida en la investigación iniciada de oicio, el Defensor del Pueblo recalca, en un comunicado difundido hoy, que garantizar su escolarización en condiciones adecuadas es "una obligación insoslayable" de las autoridades educativas.

Asimismo, subraya que en este cumplimiento deben cooperar las restantes autoridades públicas "aportando los recursos personales y materiales que sean precisos para ello".

En el escrito, Múgica también pone de manifiesto que las peculiares circunstancias de estos menores (diferentes edades, escaso nivel de coocimiento de la lengua castellana, desconocimiento de técnicas instrumentales y de aprendizajes básicos) justifican la escolarización de este grupo en horario lectivo diferente y no coincidente con alumnos ordinarios del colegio.

Por otra parte, lamenta las actitudes contrarias a la escolarización que se han producido. "El Defensor del Pueblo no puede comprender ni compartir la posición de quienes, incluso recurriendo a la fuerza, imposibilitan el ejercicio de su derecho a los menores y el cumplimient de su obligación a las autoridades educativas".

En la nota, el Defensor del Pueblo también reconoce que el colegio público tiene derecho a recibir garantías plenas respecto a que la escolarización de estos menores no va a interferir en el funcionamiento ordinario del centro, en la calidad del servicio público educativo o en la seguridad, salubridad e integridad física de los alumnos, "y las autoridades públicas están obligadas a adoptar todas las medidas necesarias para asegurar la plena efectividad e estas garantías".

Por último, Múgica manifiesta su plena disponibilidad a intervenir, en el ámbito de sus competencias, para la resolución de cualquier conflicto que se pudiera derivar de la escolarización de estos menores y para cooperar con las autoridades públicas en el mejor cumplimiento de sus deberes constitucionales y legales.

(SERVIMEDIA)
17 Nov 2000
SBA