CiU PIDE QUE LA CORRUPCION DE MENORES FIGURE EN EL CODIGO PENAL PARA EVITAR QUE CONDUCTAS MUY GRAVES QUEDEN IMPUNES

- Presenta 17 enmiendas al proyecto de ley orgánica que modifica los artículos contra la libertad sexual

MADRID
SERVIMEDIA

CiU presentó hoy en el Congreso 17 enmiendas parciales al proyecto de ley orgánica que modifica el Código Penal en los artículos relativos a los delitos contrala libertad sexual, y anunció que se opondrá a las enmiendas de totalidad presentadas por el Grupo Socialista y el Partido Democrático de la Nueva Izquierda (PDNI).

Según informó hoy CiU, una de las enmiendas se refiere a la "necesaria existencia" del concepto de corrupción de menores, para evitar que determinadas conductas muy graves queden sin pena.

Respecto a la tipificación como delito de las relaciones sexuales consentidas de jóvenes de 13 a 15 años con mayores de 18, los nacionalisas catalaes piden que se suprima tal delito, al considerar que hay que tener presente la realidad social y el propio principio civil de adquisición progresiva de la capacidad para obtener una dispensa judicial para contraer matrimonio, que en la actualidad puede obtenerse a partir de los 14 años.

También reclaman que se suprima la criminalización de los simples actos de exhibicionismo ante personas adultas, ya que no se considera adecuado sancionar por vía penal este tipo de conductas.

Otra de las demanda de CiU es que se recupere el delito de abusos sexuales con prevalecimiento, suprimido en el actual proyecto de ley, porque se considera que en determinados casos se puede obtener el consentimiento de la víctima, pero mediante abuso de superioridad y, por tanto, este consentimiento se obtiene viciadamente.

Entre otras enmiendas se pide la supresión de la criminalización de las conductas dirigidas a promover, facilitar o favorecer la prostitución de una persona mayor de edad, ya que CiU considera que, e una parte, no es compatible con la libertad de decisión de las citadas personas y, por otra parte, sólo cabe castigar penalmente la inducción a la prostitución, siempre y cuando exista intimidación, engaño o coacción que lesione la libertad sexual de la víctima.

(SERVIMEDIA)
10 Feb 1998
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