EL CGPJ CONSIDERA QUE EL VOCAL GOMEZ DE LIAÑO NO PERTURBO LA INDEPENDENCIA DE UNA JUEZ DE MADRID

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no ha apreciado "motivo de inquietamiento o de perturbación en la independencia judicial" de la jueza de Madrid Susana Polo por parte del vocal del máximo órgano de Gobierno d los jueces Javier Gómez de Liaño, según acordó hoy el pleno tras estudiar la denuncia presentada por la magistrada contra el consejero del CGPJ.

Susana Polo, titular del juzgado de instrucción número 4 de Madrid, remitió un escrito al presidente del CGPJ, Pascual Sala, en el que denunció que Gómez de Liaño se había interesado por un proceso penal que instruye en el que está querellado un médico conocido del vocal y que la amenazó con abrirle un expediente por haber cometido unas irregularidades proceales.

Fuentes del CGPJ explicaron hoy que el acuerdo del pleno fue adoptado con los votos en contra de dos vocales, Margarita Mariscal y Andrés de la Oliva, y con la abstención de otros dos consejeros, José Dávila, quien consideró improcedente que el consejo juzgase la actuación de uno de sus vocales, y del propio Gómez de Liaño.

Añadieron que esta decisión supone la ratificación del acuerdo adoptado ayer por la Comisión Permanente del CGPJ, cuyos miembros consideraron unánimemente que Gómez de Laño no había intervenido interesadamente en este asunto y que no se apreciaba en su actuación motivo de inquietamiento o perturbación de la independencia de la magistrada.

Gómez de Liaño, vocal territorial de Madrid e integrante de la Comisión Disciplinaria del CGPJ, presentó ayer por este motivo su dimisión ante Pascual Sala, quien no la aceptó.

En relación a este asunto, la Asociación Profesional de la Magistratura hizo público hoy un comunicado en el que "deplora el sentido del complaciente acerdo exculpatorio" y manifiesta "su rechazo más firme ante la intolerable intromisión de un vocal del CGPJ en la actuación jurisdiccional de la magistrada Susana Polo".

Según la APM, con esa actuación "se olvida que la independencia del juez, entendida como derecho de los ciudadanos a la tutela judicial para que los tribunales actúen sin presión alguna y no como privilegio de los jueces, no puede ser una mera declaración formal, sino que tiene que estar bien articulada y rodeada de garantías objetivas de usos políticos, de costumbres sociales y tradiciones de respeto".

Finalmente, tras considerar "inaceptable" que Gómez de Liaño siga perteneciendo al CGPJ, la asociación conservadora de los jueces "se solidariza y apoya plenamente a la juez inquietada en su independencia" y pone a disposición la asistencia de su Gabinete de Defensa Jurídica para adoptar en su caso las medidas legales que procedan".

Por otra parte, el CGPJ también acordó hoy que tampoco existe motivo de perturbación de la indepndencia judicial del magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura José María Crespo, quien solicitó el amparo del máximo órgano de Gobierno de los jueces por sentirse inquietado por las declaraciones del consejero de Presidencia de la Junta de Extremadura, Joaquín Cuello, que calificó un auto de Crespo como de "descabellado".

(SERVIMEDIA)
22 Dic 1993
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