EL CGPJ APRUEBA LA PROPUETA PARA REFORMAR EL CODIGO PENAL EN MATERIA DE TERRORISMO
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El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó hoy, por 18 votos a favor y tres en contra, el informe sobre la reforma del Código Penal en materia de terrorismo, concretamente para rebajar el mínimo de penas para los delitos de colaboración con banda armada establecidas en el artículo 576.
El CGPJ considera que el anteproyecto de Ley Orgánica de modificación del Código Penal se ajusta "plenamente a la doctrina sentada por el Tribunal Constitucional el pasado mes de julio, al estimar el recurso presentado por los 23 miembros de la antigua Mesa Nacional de Herri Batasuna (HB) contra la condena que les impuso el Tribunal Supremo.
El anteproyecto propone rebajar el mínimo de las penas previstas en el artículo 576 del Código Penal por colaboración con banda armada a tres años de prisión y nueve meses de multa, reducción que, según del CGPJ, se ajusta a la doctrina sentada por el Tribunal Constituconal.
Actualmente, el artículo 576 del Código Penal prevé para los delitos de colaboración con banda armada un mínimo de cinco años de prisión y 18 meses de multa.
La necesidad de reformar este punto del texto legal surgió después de que el Tribunal Constitucional declarase nulo el artículo 174 del Código Penal antiguo y que sirvió para que el Tribunal Supremo condenase a cada uno de los miembros de la antigua Mesa Nacional de Herri Batasuna (HB) a siete años de cárcel por colaborar con ETA, medinte la difusión de un vídeo electoral de la banda terrorista.
El hecho de que el artículo 576 del Código Penal sea muy similar al derogado es lo que ha llevado al Ministerio de Justicia a un anteproyecto de ley para reformarlo. Mientras que la actual normativa establece un mínimo de cinco años de prisión y una multa mínima de 18 meses, el texto derogado lo establecía en seis años y un día de cárcel y una multa de 500.000 pesetas.
(SERVIMEDIA)
06 Oct 1999
VBR