EL CGPJ APRUEBA EL ANTEPROYECTO DE FISCALIA ANTICORRUPCION
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El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó hoy l informe de la Comisión de Estudios de este organismo sobre el anteproyecto de ley que crea la fiscalía especial para la represión de los delitos de naturaleza económica y de corrupción, con el voto favorable de 12 de sus 15 miembros.
Según informaron fuentes del máximo ógano de Gobierno de los jueces, el informe de la Comisión de Estudios tan sólo sufrió "ligeros retoques" en su forma, aunque no se introdujo ninguna modificación de fondo antes de ser refrendado por el pleno.
En su dictamen, la omisión estimó que el anteproyecto deja "un elevado grado de discrecionalidad" al fiscal general del Estado, ya que, según el artículo 18, la Fiscalía Anticorrupción "intervendrá directamente en procesos penales de especial gravedad apreciada por el fiscal general del Estado". Por ello, considera que la discrecionalidd se debe contrarrestar con la intervención de la Junta de Fiscales de Sala, que es el órgano asesor.
La Comisión también destaca que dicho artículo del anteproyecto puede dar a entender ue esa fiscalía no tiene ninguna posibilidad de investigación previa al proceso, lo que supondría una limitación de la capacidad de actuación de la Fiscalía Anticorrupción respecto a las demás.
Asimismo, entiende que "no parece muy adecuado" que el anteproyecto hable de procesos penales de especial gravedad, ya que la "especial gravedad debe predicarse de los delitos y no de los procesos penales" y señala que debe abordarse la solución de los conflictos de atribución que puede suscitar la creación de sta fiscalía.
Indica igualmente que en la enumeración de los delitos cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos que serán investigados por la fiscalía especial, "resulta difícil comprender" la ausencia de los delitos de malversación de caudales públicos, revelación de secretos y falsedad.
Otros de los aspetos técnicos y gramaticales que, en opinión del CGPJ, deben ser mejorados, son la enumeración de los delitos, así como la provisión de destinos, ya que aunque en el texto queda clara" la designación del fiscal de sala y del teniente fiscal, no ocurre lo mismo con el nombramiento de fiscales de plantilla.
Pese a ello, el dictamen afirma que no se aprecian "obstáculos de principio a la constitucionalidad de la creación de la fiscalía", y resalta que el anteproyecto obedece a la conveniencia de la especialización del ministerio fiscal para la prevención y represión de nuevas fórmulas de delincuencia, teniendo como antecedente la fiscalía antidroga.
(SERVIMEDIA)
25 Mayo 1991
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