EL CES PIDE MAS PRECISION EN LA LEY SOBRE DERECHOS DE INFORMACIO DE LOS TRABAJADORES EN EMPRESAS DE DIMENSION COMUNITARIA

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo Económico y Social (CES) ha valorado positivamente el anteproyecto de ley sobre derechos de información y consulta de los trabajadores en las empresas y grupos de empresas de dimensión comunitaria, si bien pide más precisión en algunos puntos para que las excepciones legalmente previstas del deber de las empresas a aportar información a los representantes sindicales no pueda ser usada de forma abusiva. El texto tiene por objeto la trasposición de la directiva comunitaria sobre la constitución de comités de empresa europeos o de procedimientos de información a los trabajadores por parte de las empresas de dimensión comunitaria que superen el millar de trabajadores y tengan instalaciones con un mínimo de 150 empleados en al menos dos países de la Unión Europea.

El dictamen del CES indica que el anteproyecto de ley permite cumplir los objetivos de la directiva, ya que se ha realizado una correcta trsposición de las disposiciones de carácter trasnacional.

Además, el CES destaca la importancia del anteproyecto en la perspectiva del desarrollo del diálogo social en el ámbito de la Unión Europea, así como su significado en la construcción del mercado único.

El Consejo Económico y Social estima que la nueva disposición permite garantizar que los trabajadores de empresas y grupos de empresas de dimensión comunitaria puedan ser informados y consultados sobre las decisiones que les afecten.

RECOMNDACIONES

Sin embargo, el dictamen resalta que el anteproyecto de ley no ha previsto una forma de depósito o registro ante autoridad competente que refuerce los efectos de la validez jurídica de los acuerdos y proporcione mayor seguridad jurídica. Por ello, el CES cree que debería instrumentarse un registro de los acuerdos, al igual que en la legislación española se prevé respecto a la negociación colectiva estatutaria.

Además, el CES solicita una mayor precisión en la redacción del artículo 22, ue establece las excepciones del deber de la empresa de aportar información a los representantes de los trabajadores en determinadas materias y circunstancias.

Concretamente, el Consejo Económico y Social pretende acotar la posibilidad de que la excepción sea usada de forma abusiva a la hora de restringir el acceso de los comités a la información de la empresa.

(SERVIMEDIA)
28 Ene 1996
CAA