Construcción

CEOE, CCOO y UGT piden en un manifiesto poder revisar los precios en la licitación pública

MADRID
SERVIMEDIA

La patronal CEOE y los sindicatos CCOO y UGT suscribieron este martes un manifiesto conjunto en el que piden una reforma de la Ley de desindexación de la economía que posibilite revisar los precios en las licitaciones públicas.

El manifiesto ha sido firmado por el presidente de la Comisión de servicios especializados intensivos en personas de CEOE, Francisco Javier Sigüenza; por el responsable de CCOO del Hábitat, Daniel Barragán; y por el de UGT Servicios Públicos, Julio Lacuerda.

Recoge que la ley de contratos públicos “imposibilita la revisión de los precios de los mismos en la mayoría de los contratos de servicios” y eso conlleva que, ante cualquier modificación que afecte a los costes de un contrato ya en vigor, particularmente los costes salariales, “se produzca un desequilibrio económico-contractual en las empresas adjudicatarias”.

Representantes de empresas y trabajadores coinciden en que los costes derivados de las obligaciones laborales fijadas en los convenios colectivos o la normativa laboral básica “son un elemento esencial” en los contratos de servicios en los que el peso de las obligaciones laborales es “relevante, circunstancia que no debería ser considerada un riesgo más propio de la contratación pública”.

“Adicionalmente, esta restricción supone una importante cortapisa para la buena marcha de las negociaciones colectivas, entorpeciendo la consecución de mejoras para las personas trabajadoras y generando conflictividad y problemas de continuidad de las plantillas ante las dificultades para la aplicación efectiva de las modificaciones que se produzcan en los contratos en vigor”, sostienen las partes, que ponen de ejemplo que la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a 1.000 euros mensuales “no puede hacerse a costa de las empresas adjudicatarias de contratos ya iniciados” antes de la subida.

Por ello, urgen a abordar un cambio en la normativa en la que se elimine la imposibilidad de modificar los precios en los contratos públicos “o, al menos, se permita la revisión de los mismos ante el acaecimiento de cambios normativos, acuerdos de negociación colectiva o circunstancias que no pudiesen preverse en el momento de la licitación”.

Si no se acomete la derogación de la Ley de desindexación, proponen un cambio del apartado 1 del artículo 103 de la Ley de contratos del sector público para incorporar la posible modificación en los casos citados (cuando se alteren de manera sobrevenida los costes laborales por un nuevo convenio colectivo, se alteren los costes de precios regulados por normativa estatal y cuando cambien los costes de Seguridad Social, laborales o tributarios de forma sobrevenida por la entrada en vigor de nueva normativa, incluyendo en este punto los contratos de servicios intensivos en mano de obra afectada por el SMI).

En esos tres casos, “procederá la revisión no periódica o no predeterminada por el impacto, desviación e incidencia negativa en los costes que se haya producido sobre el adjudicatario con ocasión de la entrada en vigor de dicha normativa, con posterioridad a la adjudicación”, según la propuesta de patronal y sindicatos. También piden que puedan revisarse precios de contratos no sujetos a regulación armonizada recogidos en el apartado 2 del artículo 19 de la Ley de contratos públicos.

(SERVIMEDIA)
22 Mar 2022
MMR/pai