CECU RECOMIENDA CAUTELA EN LA COMPRA A DISTANCIA PESE A LA NUEVA LEGISLACIÓN
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La Confederación Española de Consumidores y Usuarios (CECU) pidió hoy cautela en las compras a distancia, pese a que el nuevo Real Decreto sobre la materia, que acaba de entrar en vigor, supone un importante avance en la regulación de estas transacciones.
Según informó CECU mediante un comunicado, la nueva ley unifica la información que deben proporcionar las empresas, define los medios de venta a distancia y prevé una información más actualizada sobre las compañías que se dediquen a este tipo de venta.
De hecho, el nuevo Real Decreto deroga la legislación anterior para incluir en esta nueva norma diversos aspectos que aparecen ya reflejados en la Ley de Ordenación del Comercio Minorista y describe de forma novedosa los medios de comunicación a distancia, incluyendo un anexo que deben presentar las empresas que soliciten autorización, lo cual unifica los datos que se deben proporcionar.
Así, CECU destaca que, según la nueva legislación, el consumidor podrá devolver el producto en un plazo de siete días hábiles contados desde la fecha en que recibe el producto, sin necesidad de alegar causa alguna ni sufrir penalizaciones. Sólo deberá costear los gastos directos de devolución del producto y, en su caso, indemnizar los desperfectos del objeto de la compra.
Otra de las advertencias de CECU, es que el consumidor debe saber que será considerada nula la firma de una cláusula en el contrato de venta a distancia por la que renuncie a los derechos que legalmente tiene reconocidos.
Finalmente, aconseja que, antes de adquirir un determinado bien a través de esta fórmula, debe comprobarse si la empresa vendedora pertenece a alguna asociación profesional o si está adherida al Sistema Arbitral de Consumo.
(SERVIMEDIA)
26 Abr 2006
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