INMIGRACIÓN

CEAR DENUNCIA LA VULNERACIÓN DEL DERECHO DE ASILO EN ESPAÑA

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión de Ayuda al Refugiado (CEAR) denunció hoy que está constatando "con enorme preocupación las crecientes dificultades para que las personas que necesitan protección internacional puedan acceder al derecho de asilo en España".

En una nota de prensa, CEAR destaca que "el Defensor del Pueblo, a través de varios escritos y con la apertura de las investigaciones pertinentes, ha confirmado en los últimos días nuestras preocupaciones, en un momento en que el Gobierno prepara una nueva Ley de Asilo".

La organización subraya que "el Gobierno debe garantizar que el derecho de asilo, que está legalmente establecido, sea efectivo en cualquier punto de nuestro territorio y de nuestras fronteras".

"Aunque los solicitantes de asilo no estén en territorio español hay que brindarles protección", afirma CEAR, que denuncia que el 23 de septiembre fueron deportados a Marruecos un niño de siete años y un adulto, tras ser rescatados en el mar cuando se dirigían a Ceuta.

Según CEAR, el adulto manifestó que, en el momento de ser rescatado, pidió asilo, sin que esa petición se atendiese. Posteriormente, el Defensor del Pueblo ha recibido informaciones, según las cuales el niño podría ser demandante de asilo en Marruecos. Se desconoce su paradero actual.

El Defensor del Pueblo, en carta de respuesta a una queja presentada por este caso, rechaza la devolución automática de las personas que intentan llegar a nuestro territorio, como ya ha manifestado en anteriores ocasiones.

El Defensor advierte de que, "ante la interceptación de un extranjero que pretenda entrar ilegalmente en España, la única respuesta prevista por parte de los efectivos de la Guardia Civil, es la puesta a disposición, con la mayor brevedad posible, ante la correspondiente Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía".

Afirma el Defensor que "el procedimiento utilizado carece de respaldo alguno, impidiendo además que en esos flujos mixtos de inmigrantes que intentan acceder irregularmente a nuestro territorio, se pueda detectar a aquellas personas necesitadas de protección internacional".

Según responde la oficina del Defensor al argumento de que las personas no se encontraban en territorio español, "lo determinante no es si los solicitantes de asilo se encuentran en territorio español, sino que estas personas se encuentran bajo el control efectivo de autoridades de nuestro Estado, por lo que el principio de no devolución no puede obviarse argumentando que el rescate se ha producido fuera de nuestras aguas territoriales".

Para la oficina del Defensor, esto supone una vulneración de la Convención de Ginebra de 1951 para la protección de los refugiados, "en concreto en su artículo 33, que obliga a España a aplicar extraterritorialmente el principio de no devolución".

(SERVIMEDIA)
24 Nov 2008
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