C.VALENCIANA

CEACCU ADVIERTE QUE LOS AFECTADOS POR LAS CANCELACIONES DE RYANAIR DEBERÁN RECIBIR COMPENSACIONES Y NO SOLO LA DEVOLUCIÓN

MADRID
SERVIMEDIA

La Confederación Española de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (Ceaccu) señaló hoy que, además del importe del billete, los pasajeros que resulten afectados por la decisión de Ryanair de cancelar los billetes comprados en web ajenas a la compañía deben recibir indemnizaciones.

En un comunicado, Ceaccu recuerda que según la normativa europea los pasajeros afectados tienen derecho a una compensación por parte del transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo que oscilará entre 150 y 600 euros, en función de la distancia y el tiempo.

No obstante el reglamento prevé las siguientes excepciones: que se informe de la cancelación al menos con dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida prevista o que se informe con una antelación de entre dos semanas y siete días con respecto a la hora de salida prevista y se ofrezca un transporte alternativo que permita salir con no más de dos horas de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de cuatro horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.

También que se informe de la cancelación con menos de siete días de antelación con respecto a la hora de salida prevista y se ofrezca tomar otro vuelo que permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.

En todo caso, Ceaccu duda de que estas excepciones sean aplicables al supuesto planteado por Ryanair, en la medida en que no se trata de la cancelación de un vuelo sino de la resolución unilateral y selectiva de algunos de los contratos (billetes).

Por otro lado, al margen de las compensaciones directas, el usuario conservaría el derecho a reclamar judicialmente por los daños que esta denegación de embarque les cause.

Para ello, es fundamental que los afectados conserven todos los documentos que acrediten los perjuicios que se reclamen como el coste de un transporte alternativo, alquileres o reservas de hotel, días de vacaciones perdidos, etc.

(SERVIMEDIA)
11 Ago 2008
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