"CASO MUGURUZA".- EL TRIBUNAL FUNDAMENTA LA ABSOLUCION DE YNESTRILLAS PORQUE EL TESTIMONIO DE DUCE "NO MERECE CONFIANZ"

MADRID
SERVIMEDIA

El tribunal que ha absuelto a Ricardo Sáenz de Ynestrillas del asesinato del diputado de HB Josu Muguruza fundamenta su decisión en la falta de pruebas objetivas contra el acusado, al estimar que el testimonio del policía Angel Duce, que en su primera declaración inculpó al "ultra", "no merece excesiva confianza".

Según consta en los argumentos jurídicos de la sentencia hecha pública hoy, la declaración sumarial del policía, que ha sido la "prueba nuclear" presentaa por las acusaciones, podría ser "hábil" como motivo de inculpación si no fuera por "las circunstancias que rodean los dichos del procesado Duce" e incluso "su propia personalidad".

El magistrado ponente, Agustín Lobejón, el mismo que redactó la sentencia del "caso Amedo", destaca que todos los testigos que declararon en la vista y que le conocían personalmente afirmaron que era "fantasioso y alardeaba de sus capacidades".

El "topo" infiltrado por la policía en el círculo de amistades de Duce paa investigar el asesinato, Juan Viriato, reconoció que le veía como "fantasioso y peligroso" y que, a veces, llegó a engañarle.

El comisario admitió asimismo, al igual que otro de los funcionarios que testificaron, que su objetivo era "presionarle (a Duce) para que les hablase de Ynestrillas, cuya participación se daba por sentada en determinadas conversaciones y creyeron que obtendrían pruebas de otro tipo", según el texto.

La sala estima que las numerosas versiones ofrecidas por el policía, queposteriormente se desdijo y exculpó a Ynestrillas, "lejos de seguir una línea histórica constante, se revela sumamente variable, divergente y, en múltiples aspectos, contradictorio".

Frente a ello, se encuentra la actitud de Ynestrillas, que "ha sido perseverante en todas sus declaraciones en el sentido de hacer continuas protestas de su inocencia, actitud que ha mantenido durante el interrogatorio efectuado en el juicio".

La sala añade además como prueba exculpatoria las declaraciones "detallada y persistentes" de amigos, simpatizantes y familiares del "ultra" que constituyeron su coartada, prueba que, aunque "no es perfecta ni monolítica (...), tampoco se ha demostrado incierta".

Lo que resulta "incontestable" para el tribunal es la falta de pruebas objetivas contra Ynestrillas, como huellas dactilares, ropas, fotografías o incluso una rueda de reconocimiento por parte de los camareros del hotel Alcalá que pudieran identificarle.

Para la sala, las sustancias encontradas en el domiciliodel "ultra" cuando fue detenido (medio litro de ácido sulfúrico, bolsas con clorato potásico y detonadores pirotécnicos) no pueden más que provocar "meras sospechas, dada la posible utilización múltiple de las sustancias halladas".

La sustancia intervenida a Ynestrillas es para el tribunal "compatible con un uso medicinal", tal y como defendió el acusado, y su cantidad se encuentra "en el umbral de lo admisible".

El hecho de que Duce condujera el automóvil de la madre de Ynestrillas para cometer no de los atentados tampoco es definitivo para probar que "acompañase" o estuviera al tanto de las intenciones del policía.

El ponente concluye que "ante tan incompleto acervo probatorio de cargo", surge "una duda seria y fundada" en torno a su participación, "incertidumbre que determina que haya que permanecer incólume la presunción de inocencia".

(SERVIMEDIA)
30 Mar 1993
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