"CASO KIO". MOREIRAS VUELVE A RECHAZAR LA QUERELLA CONTRA DE LA ROSA PORQUE PREJUZGA EL HONOR DE ANTERIORES GESTORES DEL GRUPO

MADRID
SERVIMEDIA

El juez de Delitos Monetarios de la Audiencia Nacional, Miguel Moreiras, ha vuelto a rechazar la querella presentada por el Grupo Torras contra los anterores gestores de KIO, entre ellos Javier de la Rosa, por entender que no existen pruebas contra ellos con lo que su admisión prejuzgaría el honor de los anteriores gestores de KIO.

En un auto hecho público hoy, el juez desestima el recurso de reforma interpuesto por el Grupo Torras contra el auto del pasado día 9 en el que Moreiras rechazó la querella contra los anteriores gestores de KIO, acusados de apropiación indebida, fraude continuado, falsedad de documento público y maquinación para alterar el recio de las cosas.

En el escrito, Moreiras indica que "si la prudencia aconseja siempre no pronunciarse sobre un hecho o conducta personal sin tener un conocimiento exacto o lo más aproximado posible del mismo", esto debe observarse especialmente "cuando el pronunciamiento tiene serias repercusiones sobre bienes que constituyen el partimonio personal, en este caso el de los querellados", como es su honor.

"A nadie se le escapa la significación que para ellos puede tener la admisición a trámite d la querella que, aunque se trata de una decisión procesal que no juzga definitivamente, no deja de prejuzgar, al menos ante la opinión pública, sobre lo que nuestros clásicos llaman 'la honra', esa propia estima fundada en principios éticos y que cuando se proyecta hacia los demás crea la dignidad de la imagen pública, lo que hoy se llama 'honor'", explica.

El juez recuerda asimismo que en las anteriores ocasiones inadmitió la querella porque las conductas delictivas imputadas a los querellados no esán tipificadas en el Código Penal y porque no fueron aportados datos sufiencites para tener una prueba indicaria de la comisión de esos delitos.

Indica que esos datos puden ser obtenidos en el procedimiento que sigue el juzgado de primera instancia por la suspensión de pagos del Grupo Torras por lo que, agrega, "la simple lógica aconseja esperar el pronunciamiento que sobre las causas que han llevado al grupo a esa situación de insolvencia" hagan el ministerio fiscal y el juez.

Señala, además, qu con el rechazo de la querella no se pretende, como "erróneamente" dice el recurrente, impedir el ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva, sino conjugarlo con otros del mismo rango como el de la dignidad de la persona y la presunción de inocencia, que, en su opinión, pudieran verse lesionados si los jueces admitiesen las querellas presentadas sin pruebas.

"Tal ejercicio de las acciones penales cuando es realizado por salvadores expontáneos y gratuitos de la sociedad en la forma antedicha, dultera gravemente la finalidad de la norma legal", añade Moreiras, que concluye diciendo que esto se evita no admitiendo a trámite querellas o denuncias que no estén basadas en pruebas mteriales y objetivas.

(SERVIMEDIA)
28 Jul 1993
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