CASO FILESA. EL SUPREMO MARCARA MAÑANA LAS LINEAS DE ACTUACION EN LAS CAUSAS CONTRA AFORADOS TRAS LA DISOLUCION DE LAS CORTES
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El pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo se reunirá mañana, miércoles, en sesión ordinaria para determinar, entre otras cuestiones, los criterios generales por los que los magistrados se guiarán a la hora de decidir sobre su competencia en el centenar de causas especiales abiertas contra parlamentarios y otros aforados en el Alto Tribunal.
Los 14 agistrados que conforman la Sala no decidirán sin embargo sobre el futuro del "caso Filesa", ya que, según manifestó su presidente, Enrique Ruiz Vadillo, deberá ser el tribunal del caso el que decida sobre el futuro de la causa.
La disolución de las Cortes, decretada el pasado día 13, ha hecho perder la inmunidad parlamentaria a muchos de los aforados querellados en el Supremo, lo que implica que las causas deberán ser remitidas a los juzgados ordinarios correspondientes.
No obstante, en el "casoFilesa", en el que están querellados el senador Josep Maria Sala y el diputado Carlos Navarro, surgen múltiples dudas ante la peculiar situación del diputado catalán que no fue elegido por sufragio directo de los ciudadanos, sino por el Parlamento autónomo.
Navarro no figura ya como titular de la Diputación Permanente del Congreso, por lo que, una vez descartada su continuidad como diputado, pierde su inmunidad parlamentaria. Lo mismo ocurre con el ex secretario de finanzas del PSOE Guillermo Galeote,que puede verse implicado si la sala admite la ampliación de la querella propuesta por la acusación particular del caso.
El caso de Sala no está tan claro por su designación autonómica. Sin embargo, de acuerdo con el Estatuto de Autonomía de Cataluña y dada su condición de diputado catalán, debe ser el Tribunal Superior de Justicia del Cataluña quien tramite la causa, salvo en el caso de que los hechos delictivos se hayan producido fuera del territorio catalán.
A estas dudas se añade la pretensió del PP, personado como acusación particular en el caso, que reclama la vigencia de una ley de 1912 que prevé que la competencia del Alto Tribunal en los procesos contra aforados persiste hasta el final "con independencia de la vida legal de las Cortes".
Este argumento es rechazado, entre otros, por el abogado Pablo Jiménez de Parga, defensor de los administradores de Filesa, Luis Oliveró y Alberto Flores, que argumenta que la citada ley fue derogada por la Constitución de 1978 y que, en cualquier cas, sólo sería válida en los casos en los que ya se hubiera tramitado el correspondiente suplicatorio.
(SERVIMEDIA)
20 Abr 1993
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