'CASO CONSTRUCCION'. EL SUPREMO CONFIRMA LA CONDENA AL EX ALCALDE DE BURGOS Y REBAJA LA PENA POR PREVARICACION A MENDEZ POZO
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La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Burgos al ex alcalde de esa ciudadJosé María Peña en relación al 'caso de la construcción', concesión irregular de licencias municipales, por el que fue condenado a 12 años de inhabilitación especial por un delito de prevaricación continuada, así como 7 años de suspensión de cargo público por revelación de secretos y denegación de auxilio a la autoridad.
En una sentencia de cerca de 300 folios difundida hoy, el Alto Tribunal estima sólo los recursos presentados por el constructor Antonio Miguel Méndez Pozo y por el ex secretario del Auntamiento de Burgos Esteban Corral García, con lo que acuerda la anulación del fallo de la Audiencia Provincial de Burgos y dicta otro en el que sólo modifica la pena impuesta a éstos por prevaricación.
En la nueva sentencia, el Tribunal Supremo rebaja de 12 a 8 años de inhabilitación especial la pena impuesta a Méndez Pozo como autor de un delito de prevaricación, aunque le mantiene la condena de 7 años de cárcel por falsedad en documentos públicos y privados y los 3 meses de arresto por desacato. También reduce la condena de 6 años de inhabilitación especial impuesta a Esteban Corral como cómplice de un delito de prevaricación continuada, a 3 años de suspensión de cargo público, confirmándole la pena de 6 años de suspensión de cargo público por revelación de secreto.
El Alto Tribunal confirma también las condenas impuestas al resto de los procesados, que oscilan entre los 12 y los 7 años de inhabilitación especial por un delito de prevaricación continuada.
En la sentencia, la sala estia que pocos procesos y acusados "pudieron y pueden verse rodeados de más garantías que en este caso", por lo que rechaza las alegaciones de los recurrentes de vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva.
También estima que de los hechos probados fijados en la primera sentencia, que el nuevo fallo mantiene, se deduce que Méndez Pozo "consigue que los otros acusados tomen decisiones injustas a su favor" y añade que "es incuestionable" que el constructor "desplegó una constante actividad tendene a que las personas que podían decidir sobre sus intereses lo hicieran a su favor", añadiendo que "tampoco ofrece duda que al hacer sus propuestas conocía su absoluta ilegalidad".
El tribunal no tiene en cuenta, por el contrario, la petición de imponer penas de cárcel a Peña y a cuatro de los miembros de su corporación formulada por el abogado de la acusación particular durante la vista de los 11 recursos de casación celebrada el pasado 14 de enero.
El letrado acusó entonces a los ex ediles de sr autores de un delito de falsedad en documentos públicos, por lo que solicitó al tribunal que les impusiese una pena de cárcel similar a la que fue condenado el constructor, para el que también pidió que se ampliase su pena de cárcel, por ser autor de un delito de estafa.
(SERVIMEDIA)
26 Ene 1994
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