CASO CALVIA. EL SUPREMO RATIFICA LA CONDENA DE 6 MESES CONTRA DOS EX MILITANTES DEL PP Y UN PROMOTOR INMOBIIARIO POR COHECHO
- Las defensas de los acusados recurrirán ante el Tribunal Constitucional
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La Sala Segunda del Tribunal Supremo ratificó hoy la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Mallorca que condenó por un delito de cohecho a Miguel Deyá y Andrés Bordoy, entonces militantes del Partido Popular, y al promotor inmobiliario Gillermo Ginard a seis meses de arresto mayor y a una multa de 100 millones de pesetas cada uno.
El tribunal detaca "la necesidad de que se actúe con más dureza en los casos de corrupción, sobre todo en los que intervienen cuestiones dinerarias". La alusión a la condena de la corrupción que contiene este dictamen fue sometida al debate en pleno de todos los magistrados del Tribunal Supremo.
El fallo del Supremo ratificó también la validez de las cintas magnetofónicas que grabó el concejal socialista del Ayuntamiento de Calviá (Mallorca) José Miguel Campos, en las que Miguel Deyá le ofrecía un soborno de 100 milones de pesetas para que propiciase una moción de censura en el consistorio mallorquín.
Las defensas de los tres acusados manifestaron hoy la intención de continuar el proceso de apelación y presentarán un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
El presidente del Gobierno balear, el popular Gabriel Cañellas, dijo hoy que "este fallo no empaña la imagen del PP", en alusión al debate político que suscitó el denominado 'caso Calviá', y recordó que Miguel Deyá y Angel Bordoy ya causaron bja en el PP y que se trató de un asunto "estrictamente particular".
El 'caso Calviá' fue llevado a los tribunales por el PSOE de Baleares a finales de 1992, y en febrero de 1993 la Audiencia Provincial de Mallorca dictó sentencia condenatoria contra los acusados. La vista oral por el recurso de casación interpuesto por las defensas se vio en la Sala Segunda del Tribunal Supremo el pasado 19 de abril.
(SERVIMEDIA)
25 Mayo 1994
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