LAS CAJAS PUEDEN EMITIR DESDE HOY CUOTAS PARTICIPATIVAS
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La cajas de ahorros españolas tienen desde hoy la facultad d emitir cuotas participativas, según establece el real decreto que regula la emisión de estas participaciones sin derechos políticos (similares a las acciones).
El pasado 20 de febrero, el Consejo de Ministros aprobó el citado real decreto, por el que se regula la posibilidad de que las cajas emitan cuotas participativas, eliminando la posibilidad de que los partícipes tengan derechos políticos en las entidades. La norma define las participaciones como instrumentos de renta variable pura que cotizan e Bolsa.
La reforma del régimen jurídico de las cuotas, introducida en la Ley Financiera, pretende que este instrumento sea eficaz para ofrecer una fuente de captación de recursos propios de primera categoría, que facilite la conciliación del crecimiento de las cajas de ahorros con una elevada solvencia.
Además, fomenta la creación de un instrumento de disciplina de mercado para las cajas, de forma que el precio de las cuotas permita valorar la gestión y proveer incentivos para la generación de vaor.
La Ley regula los aspectos de naturaleza mercantil, financiera y prudencial de las cuotas, reforzando así la seguridad jurídica para emisores e inversores.
Estas participaciones se configuran como instrumentos de renta variable pura, desprovistos de derechos políticos e integrantes de los recursos propios básicos. Se trata de una especie de acciones sin derechos políticos, cuya naturaleza es diferente a la de los instrumentos disponibles en la actualidad para las cajas.
Tal y como establce la Ley Financiera, las cuotas únicamente disponen de derechos económicos: participación en el reparto del excedente de libre disposición de la caja, suscripción preferente de nuevas cuotas y obtención del valor liquidativo, entre otros.
Asimismo, la norma permite la creación de un sindicato de cuotapartícipes, cuando así lo decida cada caja de ahorros, cuyo presidente tendrá voz, pero nunca voto, en la asamblea general.
Las cuotas se negociarán en las Bolsas de Valores o en aquellos mercados osistemas organizados de negociación en los que esté autorizada la negociación de renta variable.
(SERVIMEDIA)
04 Mar 2004
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