LOS BUQUES DE PAAJEROS, OBLIGADOS A UN RECUENTO Y REGISTRO DE VIAJEROS A PARTIR DEL 1 DE JUNIO
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
Los buques de pasajeros españoles estarán obligados, a partir del próximo 1 de junio, a hacer un recuento y registro de viajeros, según establece un real decreto aprobado por el Consejo de Ministros del pasado 23 de abril, que traspone una directiva europea.
El decreto obliga a todas las empresas navieras de buques de pasaje a conocer el número de DNI y la identidad de los pasajeros que trnsportan en cada viaje en sus barcos, con el fin de tener una actuación más efectiva por parte de los servicios de salvamento marítimo en el caso de siniestro del buque, lo que posibilita además la identidad de los pasajeros en caso de desaparición o muerte en un naufragio.
Hasta ahora, sólo estaban obligados a tener estos sistemas de recuento o registro los buques de pasaje que realizaban viajes internacionales. Sin embargo, el nuevo real decreto obliga a todos los barcos de pasajeros, al margen de s periplo.
Tanto el recuento como el registro deberán realizarse con carácter previo a la salida del buque del puerto, y se deben comunicar a las oficinas de la empresa, que los pondrá a disposición de los servicios de la Sociedad Estatal de Salvamento y Seguridad Marítima en caso de ocurrir un accidente.
(SERVIMEDIA)
19 Mayo 1999
M