BRUSELAS ABRE UN SEGUNDO PROCEDIMIENTO DE INFRACCIÓN CONTRA ESPAÑA POR INCUMPLIR LA LIBRE CIRCULACIÓN DE CAPITALES
- La UE puede imponer una multa si no se resuelve esta cuestión
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Comisión Europea ha abierto un segundo procedimiento de infracción contra España por incumplir la libre circulación de capitales, puesto que mantiene un régimen fiscal distinto para las plusvalías logradas por participaciones en empresas con sede en España y las que no la tienen.
Según la sentencia dictada el 9 de diciembre de 2004 por el Tribunal de Justicia Europeo (TJE), España "viola los principios de libre prestación de servicios y de libre circulación de capitales, al mantener un régimen fiscal menos favorable para las plusvalías de las acciones de las sociedades no establecidas en España".
El tribunal entiende que desde el pronunciamiento de esa sentencia, España no ha informado a la Comisión de ninguna modificación en su legislación.
No obstante, el Ejecutivo español argumentó que, en el marco de la legislación existente desde el año 2003, tal y como era interpretada por la administración fiscal, el régimen nacional aplicable a las acciones españolas se había hecho extensivo ya "sin ninguna diferencia" a las acciones negociadas en las bolsas extranjeras.
Pero la Comisión asegura que las últimas modificaciones introducidas en la legislación española no han afectado a las disposiciones concretas contra las que abrió procedimiento el Tribunal.
La CE recuerda que cuando un Estado miembro no cumple una sentencia del TJE, en aplicación del artículo 228 del Tratado CE, debe iniciar un segundo procedimiento de infracción y, si el caso termina de nuevo ante el Tribunal, éste puede imponer al Estado infractor el pago de una multa.
(SERVIMEDIA)
17 Oct 2006
F