LA BOMBONA DE BUTANO BAJA 198 PESETAS Y MANTENDRA SU PRECIO FIJO DURANTE UN AÑO
- El Gobierno aprueba un decreto-ley de medidas de liberalización de carburantes para incrementar la competencia
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El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto-ley de medidas de liberalización, reforma estructural e incremento de la competencia, por el que se aplica un tipo reducido de IVA y se modifica l tarifa del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos para los gases licuados del petróleo envasados.
Con la entrada en vigor de este decreto-ley la bombona pasará a costar 1.115 pesetas, 198 menos que en la actualidad. Además, mantendrá su precio fijo durante un año, independientemente de las fluctuaciones del mercado del petróleo.
También se posibilita la aparición de un mayor número de suministradores de productos petrolíferos, tanto en núcleos urbanos como en determinadas vías de comunicación, y e profundiza en una mayor competencia y transparencia en la actividad de distribución de dichos productos.
Por su parte, el Ministerio de Industria y Energía elaborará un nuevo sistema de precios máximos que incorporará el coste de distribución a domicilio.
También se regula la venta de la bombona en centros comerciales y gasolineras, con un descuento mínimo del 5 por 100 sobre el precio máximo de venta antes de impuestos. Para que esta medida tenga efecto se autoriza el traslado de las bombonasen vehículos particulares hasta un máximo de dos (30 kg de gases licuados), siempre que se transporten en posición vertical cuando estén llenas.
Por otra parte, el Gobierno ha modificado el real decreto que regula el Reglamento General de Carreteras, de manera que en las autopistas explotadas en régimen de concesión será obligatoria la colocación de carteles informativos de los carburantes, con el precio y la marca de los mismos ofrecidos en las estaciones de servicio más próximas, incluyendo la distacia a cada una de ellas.
Será responsabilidad del concesionario de la autopista la veracidad de la información, así como su instalación, conservación y mantenimiento
NUEVAS ESTACIONES DE SERVICIO
Respecto a la concesión de nuevas estaciones de servicio, el real decreto-ley acuerda que el Ministerio de Fomento convoque concursos independientes para la construcción de instalaciones de distribución al por menor de productos petrolíferos.
En los concursos se dará preferencia en la adjudicacióna aquéllas cuyo operador al por mayor no tenga en vigor contratos de suministro en las estaciones de servicio próximas a la que es objeto el concurso.
Asimismo, se procederá a la aprobación de los criterios generales para la determinación de un número mínimo de instalaciones en función de la densidad, distribución y características de la población, de la densidad de circulación de vehículos, así como de aquellos otros parámetros que se estimen precisos.
La elaboración de estos criterios se realizrá en colaboración con las comunidades autónomas y se presentarán al Congresopreviamente a su aprobación definitiva.
(SERVIMEDIA)
01 Oct 1999
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