BEF. LA AUDIENCIA NACIONAL ABSUELVE A PEIRO DE LAS ACUSACIONES DE EUROCAPITAL AUNQUE CONSIDERA QUE ACTUO IRREGULARMENTE

MADRID
SERVIMEDIA

El titular del Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional, Angel Calderón, ha absuelto al ex presidente del Banco Europeo de Finanzas (BEF), Francisco Peiro, de los delitos de estafa, apropiación indebida y falsedad en documento mercantil de los que le acusó la entidad Eurocapital, aunque considera en su sentencia que actuó de modo "irregulary rechazable".

La querella, vinculada a las diligencias que sigue el juez Miguel Moreiras relacionadas con el BEF, en las que está formalmente acusado Peiro, fue interpuesta por Eurocapital en julio de 1992 por entender que el ex presidente del banco concedió ilegalmente préstamos por valor de más de 1.000 millones de pesetas al empresario Longinos Sánchez Luis, al que también acusa de los mismos delitos, al igual que a su hijo Juan Carlos Sánchez y al ex secretario del Consejo de Administración del BF, Enrique Pastor.

El magistrado señala en el fallo que la acusación particular parte de la base de la existencia de un acuerdo defraudatorio criminal entre Peiro y Longinos Sánchez para enriquecerse a costa de los fondos de Eurocapital, propietaria del BEF.

Sin embargo, estima que no puede compartirse "aquella especie de presunción 'contra reo' con que la acusación presenta el conjunto de las actividades" de ambos "por muchos y vehementes que sean los indicios de que se hayan desbordado los límies de lo que constituye una actuación mínimamente ordenada en el seno del tráfico jurídico civil o mercantil".

El juez añade que "conceder cuantiosos créditos a entidades sin actividad y de dudosa solvencia", "manejar cuentas 'B' a modo de otro banco atípico dentro de la organización normal del propio banco" o servirse de sociedades instrumentales, "rebasa lo admisible en el modo de conducirse un ordenado comerciante, para entrar de lleno en lo irregular y rechazable".

No obstante, precisa que elo "no puede llevar por si sólo a la exacción de responsablidades penales si las conductas no encajan claramente en los tipos establecidos".

Entre otras actuaciones, la querella se refería a la concesión de un crédito irregular por más de 610 millones de pesetas a dos sociedades instrumentales de Longinos para financiar la adquisición de unas acciones del BEF, pero el juez dice que esto no constituye un delito de apropiación indebida "desde el momento en que la presentación del negocio como de contratode préstamos y el reconocimiento de la deuda excluyen el elemento culpabilístico" de incorporar ese dinero al patrimonio personal.

(SERVIMEDIA)
21 Jul 1994
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