BARRIONUEVO. CALDERON (APM): "NO ES DESCABELLADO QUE BARRIONUEVO FUERA SUSPENDIDO EN SU CARGO DE DIPUTADO"

MADRID
SERVIMEDIA

El portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Angel Calderón, declaró hoy a Servimedia que no sería descabellado que, de acuerdo con el rtículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, "José Barrionuevo fuera suspendido de sus funciones como diputado" mientras dure la instrucción del caso en el Tribunal Supremo.

El artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal indica: "Firmado un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función pública o cargo público quedaráautomáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión".

El portavoz de la APM estima que "con el 384 bis en la mano esto es perfectamente posible" (la suspensión como diputado), aunque en su opinión la duda se plantea hasta que no se delimite si el ex ministro del Interior está en concepto de prisión efectiva o liberada por fianza.

Calderón manifestó también que la posible retirada del acta de diputado a Barrionuevo "hay que dejarla en el aire porque no se ha roducido nunca un precedente como este en la judicatura española".

(SERVIMEDIA)
24 Ene 1996
M