BAJA 0,8 PUNTOS EN 2004 EL TIPO DE INTERES DE LOS CRÉDITOS HIPOTECARIOS DEL PLAN DE VIVIENDA 2002-2005

MADRID
SERVIMEDIA

El tipo de interés efectivo anual para los préstamos cualificados que se concedan este año por las entidades de crédito en el marco del Plan de Vivienda 2002-2005 será del 3,16%, 0,8 puntos por debajo del fijado en 2003 (3,96%), segn la resolución del Ministerio de Fomento publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Este tipo, que se revisa en el primer trimestre de cada año, afectará no sólo a los nuevos créditos que se concedan en 2004, sino también a los ya concedidos en años anteriores dentro del Plan de Vivienda 2002-2005. El nuevo tipo de interés se aplicará a partir del primer vencimiento que se produzca, una vez transcurrido un mes desde la publicación de esta resolución, y sin coste alguno para los prestatario.

El BOE publica también hoy otra resolución de Fomento por la que se revisan igualmente los tipos de interés efectivos anuales vigentes para los préstamos cualificados concedidos en los años 1994 y 1995 al amparo del Plan de Vivienda 1992-1995, en 1998 (Plan de Vivienda 1996-1999) y dentro del Plan de Vivienda 1998-2001.

El nuevo tipo de interés anual para los préstamos hipotecarios concedidos en 1994 bajará en 1,67 puntos y para los concedidos en 1995 en 2,7 puntos, hasta situarse en ambos caso en el 3,11%. Para los créditos otorgados en 1998, el tipo de interés efectivo anual se sitúa en el mismo nivel, en el 3,11%, 1,64 puntos por debajo del vigente actualmente.

Estos nuevos tipos se aplicarán desde el inicio de la siguiente anualidad completa de amortización de cada préstamo, y si de la aplicación del nuevo tipo por parte de las entidades financieras pudieran derivarse pagos superiores para el prestatario a los que le hubieran correspondido sin dicha revisión, Fomento subsidiará la diferncia, según la resolución publicada hoy.

Para los créditos concedidos en el marco del Plan de Vivienda 1998-2001, el tipo revisado queda fijado en el 2,92% anual, y será de aplicación a todos los préstamos cualificados a partir del primer vencimiento que se produzca, una vez transcurrido un mes desde la publicación de esta resolución, y sin coste alguno para el prestatario.

(SERVIMEDIA)
19 Feb 2004
NLV