EL AYUNTAMIENTO PIERDE UNA SENTENCIA DE TRÁFICO POR VINCULAR PROPIETARIO CON CONDUCTOR DE UN COCHE
- La justicia también anula otra relacionada con la distancia de seguridad
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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 22 de Madrid ha resuelto anular una sanción dictada por el ayuntamiento capitalino por asociar propietario de un vehículo con conductor en una denuncia por exceso de velocidad.
El director general de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid sancionó al dueño de un vehículo con la pérdida de seis puntos y 400 euros de multa por exceso de velocidad, según informó hoy el Comisariado Europeo del Automóvil (CEA).
El propietario del coche, socio de CEA, negó haber conducido su vehículo en el momento de la infracción, pese a lo cual el Ayuntamiento decidió seguir adelante con la denuncia.
Sin embargo, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha fallado en contra del consistorio. "Que al propietario se le tenga por conductor es poco menos que una temeridad en términos jurídicos y por el mero hecho de ser propietario no se acredita la autoría del hecho", explica la sentencia.
Además, CEA destacó que el Ayuntamiento de Madrid ha perdido otra sentencia sobre "circular sin respetar la distancia mínima de seguridad".
La denuncia no se notificó en el momento al conductor sancionado y la ratificación fue una "extravagancia", como señala la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10, que añade que "el agente ratifica algo que no tiene que ver con los hechos objeto de la denuncia".
Por último, un automovilista fue sancionado con 150 euros y cuatro puntos por "conducción negligente". El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado el recurso de CEA por considerar que "no se han aportado por parte de la Administración los hechos concretos y pormenorizados para poder determinar la conducción negligente".
Estas tres decisiones judiciales se resolvieron entre el 2 y el 9 de febrero. CEA animó a los ciudadanos a acudir a los tribunales de justicia para que "se anulen sanciones de tráfico injustas".
(SERVIMEDIA)
25 Feb 2009
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