EL AYUNTAMIENTO ENVIARA UNA CARTA A LOS EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS PARA QUE RENUEVEN SU INSCRIPCION EN EL PADRON
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El Ayuntamiento de Madrid enviará una carta a los extranjeros no comunitarios que carecen de permiso de residencia permanente para avisarles de que tienen que renovar su inscripción bianual en el Padrón Municipal de habitantes, según informó hoy el consistorio.
Esta carta, que se dirigirá a la dirección que consta en el Padrón, se remitirá dos o tres meses antes de la fecha de caducidad de la inscripción, con el fin de que tengan tiempo suficiente para realizar los trámites.
En la carta, que deberán presentar firmada en la junta de distrito correspondiente, se indicará a los interesados los pasos que deben seguir y los documentos que deben adjuntar para proceder a la renovación de la inscripción.
En el caso de que un ciudadano afectado no se presente a renovar su inscripción, se le comunicará la baja, según establece la ley al respecto, proceso que puede demorarse hasta seis meses. Durante este tiempo, se podrán interporner recursos contra esa baja en el Padrón Municipal.
Además, a partir del mes de noviembre el ciudadano extranjero no comunitario que, sin permiso de residencia permanente, realice cualquier trámite relacionado con el Padrón Municipal de Habitantes recibirá información sobre la fecha de caducidad de la inscripción y sobre la posibilidad de renovar su inscripción, si así lo desea, por otros dos años adicionales.
También se ofrecerá esta información a las personas que pidan volantes o certificados. En cualquier caso, la información sobre la fecha individual de caducidad de la inscripción se podrá obtener llamando al teléfono de atención municipal 010.
Los ciudadanos extranjeros no comunitarios sin permiso de residencia permanente que estuvieran inscritos en el Padrón antes del 21 de diciembre de 2003 y que después hayan llevado a cabo actuaciones que supongan un acto expreso de renovación de la inscripción (cambio de domicilio, por ejemplo), deberán tener en cuenta que la fecha de caducidad que consta en el Padrón será posterior en dos años a la de la fecha de la última renovación.
(SERVIMEDIA)
28 Oct 2005
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