LA AUDIENCIA RECHAZA EXTRADITAR A ISABELITA PERÓN A ARGENTINA, AL ENTENDER QUE NO COMETIÓ DELITOS DE LESA HUMANIDAD
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La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado extraditar a Argentina a la ex presidenta de ese país María Estela Martínez, más conocida como Isabelita Perón, al considerar que su vínculo con los crímenes y secuestros pepetrados por grupos de extrema derecha como la "Triple A" no pueden encuandranse dentro de un delito de lesa humanidad.
En el auto hecho público hoy, los magistrados de la Sala de lo Penal señalan que, al no poder encuadrarse los hechos dentro de la figura de lesa humanidad, los presuntos delitos cometidos por la ex mandataria argentina -como el de asociación ilícita- han prescrito.
Las autoridades judiciales argentinas reclamaban la extradición de Isabelita Perón por las desapariciones de estudiantes que tuvieron lugar durante su mandanto, así como por su presunta implicación en los crímenes de la Alianza Anticomunista Argentina, conocida como "Triple A", organización parapolicial de extrema derecha que actuó en el país sudamericano durante la década de los 70.
En la vista de extradición, celebrada el pasado 14 de abril, la defensa de la viuda de Perón aseguró que la justicia Argentina no tiene jurisdicción para investigar y juzgar los hechos por los que estaba reclamada su cliente y alegó, además, motivos de salud para oponerse a la extradición de su defendida, que tiene 77 años. La Fiscalía se adhirió a la petición de extradición de la justicia argentina.
MUERTES, SECUESTROS Y DESAPARICIONES
En el auto hecho público hoy, los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal aseguran que la reclamación efectuada por las autoridades argentinas "no atribuye a la reclamada ni la muerte, ni los secuestros, ni las desapariciones" perpetrados por la "triple A" y demás organizaciones de extrema derecha, por lo que se desprende que Isabelita Perón no llevó a cabo "las específicas conductas exigidas para hablar de delito de lesa humanidad".
En este sentido, el auto señala que el hecho de que la organización "Triple A" fuera creada por el ministro de Bienestar Social de la Nación, José López Rega, durante la presidencia de Isabelita Perón, es "a todas luces insuficiente de cara a definir una conducta constitutiva de un delito de lesa humanidad".
Los magistrados dicen que, de admitir que Isabelita Perón cooperó con los grupo paramilitares de extrema derecha y que esta conducta "fuera constitutiva de algún tipo de delito, desde luego no sería uno de lesa humanidad, sino, todo lo más, uno de asociación ilícita", que, debido al tiempo transcurrido desde los hechos, habría prescrito.
Al haber prescritos los presuntos delitos de asociación ilícita, la Sección Segunda de la Sala de lo Penal considera "extinguida" la responsabilidad penal de la ex presidenta de Argentina.
"No deja de extrañarnos que sólo después de más de 30 años de ocurridos los hechos se pretenda la presente extradición y que para ello se acuda a construir la figura de un delito imprescriptible como es el de lesa humanidad", aseguran los magistrados en su auto.
La decisión de la Sección Segunda puede ser recurrida en súplica ante el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en un plazo de tres días.
VIUDA DE PERÓN
Isabelita Perón fue presidenta de Argentina entre 1974 y 1976, cargo al que accedió tras la muerte de su esposo, Juan Perón. En 1981 se trasladó a España, residiendo en la Comunidad de Madrid desde entonces.
El 11 de enero de 2007, un juez federal de San Rafael de Mendoza (Argentina) dictó una orden internacional de detención contra ella por los casos de asesinatos políticos, desapariciones y secuestros llevados a cabo durante su gobierno.
Al día siguiente, Isabelita Perón fue detenida en su casa de Villaviciosa de Odón (Madrid) y trasladada a la Audiencia Nacional, en donde el juez Juan del Olmo ordenó su puesta en libertad, pero sin levantar las imputaciones que pesaban sobre ella.
(SERVIMEDIA)
28 Abr 2008
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