LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID CONFIRMA UNA SENTENCIA QUE ABSOLVIA A ALTADIS POR TABAQUISMO EN ESPAÑA
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La Sección 25 de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 70 de Madrid y ha absuelto a Altadis de una demanda que vincula el consumo detabaco a la enfermedad denominada "síndrome de Buerger" y en la que se reclamaba una indemnización de unos 58.000 euros.
Según fuentes de Altadis, la demanda fue presentada contra la entonces Tabacalera y la Administración del Estado (Ministerio de Economía y Hacienda) en octubre de 1998, conociéndose la primera sentencia en abril de 2000. Esta fue la primera sentencia por tabaquismo en España.
La Audiencia coincide con el Juez de Primera Instancia en señalar que no se ha acreditado el nexo causa entre el consumo de tabaco y la enfermedad denominda "síndrome de Buerger".
Además, subraya que la voluntad individual es la "causa del consumo y única conductora hacia los perjuicios posibles derivados de sus excesos" y señala que "el demandante sabía que la principal terapia para evitar las secuelas de la enfermedad era dejar de fumar, y éste era un acto dependiente de su exclusiva voluntad".
La Audiencia coincide también básicamente en sus argumentos con el Tribunal de Apelación de Palma de Mllorca que, en noviembre de 2001, desestimó, por primera vez, en segunda instancia, otra demanda por tabaquismo.
Altadis ha sido absuelta en las nueve sentencias dictadas hasta la fecha en España, Francia y Polonia, así como en los dos recursos de apelación resueltos en segunda instancia en nuestro país y en la apelación del caso Gourlain en Francia.
En todas ellas, se subraya fundamentalmente dos aspectos: el conocimiento general del tabaco como factor de riesgo individual y voluntario y la falt de una relación directa de causalidad.
(SERVIMEDIA)
27 Jun 2002
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