LA AUDIENCIA DE PAMPLONA DECLARA NULO UN JUICIO CELEBRADO EN EUSKERA SIN INTERPRETE ANTE UN JUEZ NO BILINGÜE
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La Audiencia Provincial de Pamplona ha declarado nulo el juicio celebrado contra el alcalde de Etxarri Aranaz, Manuel Campos Castresana, que prestó declaración en euskera sin la presencia de intérprte, pese a lo cual, el titular del juzgado de lo Penal número 2 del Tribunal Superior de Justicia de Navarra le condenó a dos meses de arresto y 100.000 pesetas de multa por un delito de desobediencia a la autoridad.
La vista oral contra el alcalde de Herri Batasuna, juzgado por su negativa a colocar la bandera española junto a la ikurriña en el balcón del ayuntamiento de su localidad, se celebró el pasado mes de octubre y un mes más tarde, el juez Alvaro Latorre, dictó sentencia condenatoria, a pesarde no haber entendido las palabras de Manuel Campos ni de la mayoría de los testigos de los hechos, por haber sido pronunciadas en lengua vasca.
El magistrado denegó la presencia de un intérprete por haber sido solicitada con poca antelación y tampoco accedió, tal como lo solicitó el abogado defensor del alcalde abertzale, a suspender el juicio.
La sentencia de la sección primera de la Audiencia Provincial sostiene que en la mencionada vista oral "se conculcó el derecho a una tutela judicial efeciva y se originó indefensión en el acusado", dado que tanto el juez sentenciador como el resto de los intervinientes en el proceso desconocen la lengua utilizada.
Tras subrayar que debe designarse traductor cuando el acusado o los testigos no conozcan el idioma que se utiliza en esa audiencia, el texto recuerda que la Ley Orgánica del Poder Judicial permite el uso de las lenguas oficiales de las comunidades autónomas.
La resolución judicial indica que el acusado y los testigos "tenían derecho a uar una de las lenguas oficiales en Navarra, el castellano o el euskera", ya que Pamplona se encuadra en la denominada "zona mixta" dentro de la división establecida por la Ley Foral del Vascuence.
El alcalde de Etxarri Aranaz deberá ser juzgado nuevamente por otro magistrado que no haya tomado parte en el anterior proceso judicial.
(SERVIMEDIA)
18 Feb 1993
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