LA AUDIENCIA DE OVIEDO REVOA UNA SENTENCIA QUE CONDENABA AL INSALUD A PAGAR 19 MILLONES A LA FAMILIA DE UNA PACIENTE FALLECIDA

OVIEDO
SERVIMEDIA

La Audiencia Provincial de Oviedo ha revocado una sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Oviedo, que condenaba al Insalud a pagar 19 millones de pesetas a los familiares de una paciente fallecida en el Hospital Covadonga de la capital del Principado por supuesta desatención médica.

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia, dictada en abrl del pasado año, señalaba que el Insalud era el responsable directo y solidario de la falta de atención necesaria y suficiente para obtener un diagnóstico certero de la enfermedad que padecía la mujer.

La paciente, que estaba embarazada, falleció en el centro hospitalario después de que los médicos le diagnosticasen inicialmente un cólico biliar. Sin embargo, los familiares, el esposo y las padres de la víctima, denunciaron que no se le habían practicado las pruebas necesarias para descubrir la enferedad que padecía, que resultó ser una obstrucción intestinal.

Según la sentencia de la Audiencia Provincial, de la mayoría de los informes y pruebas practicadas a la paciente se deduce que la actuación médica fue la adecuada y que si no se realizó una prueba radiológica para aclarar la dolencia, fue porque entrañaba serio riesgo para la mujer, que tenía un embarazo gemelar de 14 semanas.

Asimismo, señala que las pruebas radiológicas no eran aconsejables, a no ser que la situación se tornase crítia, algo que en el cuadro clínico inicial no se preveía, por lo que no se podía esperar un desenlace como el que acaeció posteriormente.

La sentencia de la Audiencia Provincial señala que no se presume culpabilidad ni responsabilidad médica, ya que "la actividad médica no puede garantizar la curación, sino que se han empleado técnicas adecuadas, siendo una obligación de medios y no de resultado".

(SERVIMEDIA)
13 Jun 1994
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