MAREMOTO

LA AUDIENCIA NACIONAL RECHAZA LA QUERELLA DE LA AVT CONTRA ARZALLUZ Y GARAIKOETXEA POR COLABORACION CON ETA

MADRID
SERVIMEDIA

Para la AVT, ambos partidos colaboraron con ETA durante los años 1998 y 1999, cuando las dos formaciones estaban en el Gobierno vasco, firmando un acuerdo por el que se comprometían a dar los pasos necesarios para "la creación de una estructura institucional única y soberana, que contenga en su seno a Araba, Bizkaia, Gipuzkoa, Lapurdi, Nafarroa y Zuberoa".

Igualmente, según los querellantes, PNV y EA tomaban la determinación de "romper los acuerdos que mantienen con los partidos que tienen como objetivo la construcción de España y la destrucción de Euskal Herria (PP y PSOE)". ETA, por su parte, se habría comprometido a declarar un alto el fuego indefinido.

La resolución, firmada por el juez Félix Degayón, afirma que "la suscripción del supuesto acuerdo, en el caso de que efectivamente éste se hubiera producido, no puede considerarse como acto de colaboración con banda armada".

En este sentido, recuerda que, según la jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo, "la esencia del delito de colaboración con banda armada consiste en poner a disposición de la banda, conociendo sus métodos, determinadas informaciones, medios económicos o de transporte, infraestructura o servicios de cualquier tipo que la organización obtendría más difícilmente -o en ocasiones le sería imposible obtener- sin ayuda externa, prestada por quienes, sin pertenecer a ella, le aportan su voluntaria colaboración".

La firma del supuesto acuerdo al que se refiere la AVT en su querella, dice Degayón, no suponen "acciones que faciliten cualquiera de las actividades de la organización" terrorista, como infraestructura, comunicaciones, entrenamiento o transporte.

Asimismo, señala que "el compromiso de crear una 'institución única y soberana' no puede estimarse que se trate de un proceso insurreccional dirigido a favorecer las actividades de la banda ETA, por más que pueda constituir una coincidencia de planteamientos ideológicos, no punibles".

En cuanto a la ruptura del PNV y de EA con los partidos con los que mantenía acuerdos, Degayón señala que "forma parte de las reglas del sistema democrático".

Finalmente, el auto se refiere también al alto el fuego al que se comprometía ETA, sin perjuicio de mantener "las tareas de aprovisionamiento y el derecho de defenderse en caso de posibles enfrentamientos".

(SERVIMEDIA)
07 Ene 2005
VBR