MADRID

///LA AUDIENCIA NACIONAL EXCULPA A EMILIO BOTIN EN EL CASO DE LAS JUBILACIONES MILLONARIAS DEL SCH - Corcóstegui y Amusátegui también son inocentes del delito de apropiación indebida y administración desleal

MADRID
SERVIMEDIA

La Audiencia Nacional ha decidido exculpar al presidente del Grupo Santander, Emilio Botín, en el caso de las jubilaciones millonarias pagadas a los ex altos cargos del Central Hispano Angel Corcóstegui y José María Amusátegui.

Además, el Alto Tribunal también ha decidido exculpar a los dos ex directivos citados, que, junto con Botín, habían sido acusados de un delito de apropiación indebida y/o administración desleal.

El presidente del SCH afrontaba una pena de 12 o 6 años de cárcel dependiendo de si los hechos eran considerados apropiación indebida o administración desleal, ya que las acusaciones particulares planteaban ambas peticiones. Para los otros dos acusados, Amusátegui y Corcóstegui, se solicitaban 8 o 4 años de cárcel por el mismo motivo.

El caso llegó a la Audiencia Nacional en 2002, cuando el accionista Juan Francisco Franco Otegui interpuso una querella contra el presidente del SCH, Emilio Botín, y contra José María Amusátegui debido a que este último cobró una indemnización de 43,7 millones de euros por abandonar la entidad tras la fusión del Santander y el Central Hispano.

La querella se basaba en el supuesto perjuicio patrimonial que podría haber generado el millonario desembolso para todos los accionistas del banco español, ya que en los estatutos sociales de la entidad no se contempla la existencia de una indemnización a favor de los administradores para el caso de que estos sean removidos sin justa causa.

A esta querella se sumó la del ex vicepresidente de Banesto, Rafael Pérez Escolar, quien, en calidad de accionista del SCH, solicitaba la investigación del cobro de 108 millones de euros percibidos por Angel Corcóstegui por su jubilación.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional, en cambio, pedía la absolución para los tres al considerar que no habían cometido ningún delito.

En su escrito de conclusiones provisionales, el fiscal consideraba que los hechos de los que se acusaba a Botín y a sus dos ex directivos "no son constitutivos de infracción penal", por lo que "procede la libre absolución de los acusados". Además, añadía que, al no existir delito, tampoco hay responsabilidad civil derivada del mismo.

(SERVIMEDIA)
14 Abr 2005
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