LA AUDIENCIA NACIONAL ESTABLECE QUE SE PUEDE PERTENECER A ETA SIN NECESIDAD DE EMPLEAR LA VIOLENCIA
- En la sentencia por el caso Ekin
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La Audiencia Nacional ha establecido que se puede pertenecer ETA sin necesidad de emplear la lucha armada ni otro tipo de violencia, es decir, que las organizaciones del entorno etarra no sólo demuestran una afinidad con los objetivos de la banda, sino que son un "nuevo concepto de terrorismo" ideado por ETA en los años 90.
Esta es la síntesis de la doctrina establecida en la sentencia contra los aparatos político, internacional y de comunicación de ETA -la resolución del macroproceso contra Ekin- hecha pública hoy y por la que 47 representantes de organizaciones como KAS o Xaki han sido condenadas a penas de entre 2 y 24 años de prisión.
Esta filosofía ha permitido que, de los acusados, todos integrantes de organizaciones del entorno proetarra, 11 fueran condenados por ser dirigentes de ETA, 20 por pertenecer a ella y 14 por colaborar con la organización terrorista.
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, presidida por la jueza Ángela Murillo, estableció en base a una "multitud de pruebas" que organizaciones como la coordinadora política KAS, su sucesora Ekin, la trama de desobediencia civil liderada por la Fundación "Joxemi Zumalabe",el aparato de relaciones intenacional Xaki o el frente mediático proetarra (como el diaro Egin) forman parte de la estructura y la estrategia de la organización terrorista.
LA TRAMA DE DESOBEDIENCIA CIVIL
En la sentencia, de 1.182 folios, los magistrados del tribunal que juzgó durante cerca de 15 meses a 52 acusados de pertenecer al entorno etarra señalan que de los numerosos documentos incautados a la cúpula de ETA "en Bidart y en París" se desprende que "KAS está al servicio de la facción armada y política de ETA".
En cuanto a la organización "Ekin", el tribunal no tiene dudas de que es la sucesora de KAS. "La simple experiencia nos enseña la capacidad de sustitución que la organización posee. Cuando se ilegalizan algunas de sus estructuras, se crean otras con distinto nombre, con apariencia de legalidad y con los mismos cometidos; y problema resuelto", indican los jueces.
A pesar de que durante el juicio los acusados insistieron en que "Ekin" era una organización independiente con respecto a KAS, la Sala no ha dado crédito a estas afirmaciones.
Por otro lado, los magistrados afirman que ETA es la impulsora de la trama de desobediencia civil, encarnada en asociaciones como la Fundación "Joxemi Zumalabe", y aseguran que con estos movimientos la banda terrorista persigue "crear espacios de contrapoder para alterar gravemente la paz social y subvertir el orden constitucional".
La sentencia considera que este tipo de organizaciones siguen "la línea marcada por ETA" porque "la desobediencia civil no surge por generación espontánea" sino que está "promovida e impulsada" por la organización terrorista.
Para realizar estas afirmaciones, el tribunal cita varios documentos del entorno etarra e incluso algunos "Zutabes", los boletines internos de ETA. En el "Zutabe" número 72, ETA afirma que se debe "multiplicar la implicación en la lucha" de los miembros de la izquierda abertzale y que estos "deben mostrar su coherencia también en la vida diaria". "Es necesario encontrar nuevas formas de enfrentarnos a los estados que nos oprimen", señala la revista.
La sentencia también hace referencia al documento "Pitzu Euskal Herria", remitido a la cúpula de ETA, en la que se dice "si hemos sido capaces de desbordar al Estado con la acción guerrillera armada, ¿por qué no volverles locos con acciones desobedientes, para que no pudiéndonos acusar de nada, les rompamos en los morros su propia legalidad?".
RELACIONES INTERNACIONALES DE ETA
Los magistrado del tribunal del caso Ekin también abordan en su sentencia a la organización Xaki, de la que dicen que fue ideada por ETA como su "pequeño Ministerio de Asuntos Exteriores" .
La resolución señala que en los años 90, ETA se dio cuenta de que para impulsar sus relaciones internacionales "precisaba de manera forzosa contar con individuos que en apariencia no tuvieran vinculación con ella, a fin de poder llevar a efecto los oportunos contactos con grupos políticos y sociales de los distintos países, que no estarían dispuestos a establecer tratos con miembros de una organización terrorista".
Por esta razón, ETA decidió impulsar la organización Xaki, en la que, según los magistrados, la organización terrorista "decidía en primera persona la estrategia a seguir". "ETA encargaba a Xaki la difusión internacional de sus revindicaciones", señala la sentencia.
Pero esta organización también fue creada ante "el fracaso de las conversaciones de Argel con el Gobierno español", que se produjeron en el año 1989, ya que ETA creía que la ruptura de las negociaciones se produjo porque la organización terrorista "no supo crear un estado de opinión a nivel internacional favorable" a la resolución de lo que los etarras denominan "el contencioso existente entre Euskal Herria y el resto de España".
Por último, la resolución hace referencia al frente mediático impulsado por ETA, encarnado en el diario Egin y la editorial Orain. Los magistrados aseguran que estas empresas de comunicación estaban dirigidas por la banda y que sus directivos erandesginados por la propia organización terrorista.
Además, los magistrados señalan que el diario Egin era una plataforma de ETA para designar objetivos. En él "aparecían personas señaladas que posteriormente sufrieron atentados terroristas", indica la sentencia.
En base a estos argumentos, el tribunal acordó la ilicitud y disolución de todas las empresas integradas dentro de este frente mediático asi como todas las relacionadas con los condenados.
(SERVIMEDIA)
19 Dic 2007
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