ETA

LA AUDIENCIA NACIONAL ESTABLECE QUE NO ES DELITO TENER CALLES CON NOMBRES DE ETARRAS

- El delito sólo lo comete el equipo municipal que concede los nombres a las calles, no sus sucesores

MADRID
SERVIMEDIA

La Audiencia Nacional, en sintonía con los criterios de la Fiscalía, ha establecido que no es delito que una localidad tenga calles con nombres de etarras, ya que sólo se puede perseguir a aquellas personas que formaron parte del ayuntamiento cuando se concedió el nombre a la vías y no a los consistorios posteriores que heredan dichas calles.

Así lo ha establecido el juez Ismael Moreno, quien decidió hoy no admitir a trámite la querella presentada por Dignidad y Justicia contra el alcalde de la localidad vizcaína de Amorebieta, David Latxaga, del PNV, acusado por esta asociación de un delito de terrorismo por negarse a retirar el nombre de dos etarras de sendas calles de la localidad.

El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional ha decidido rechazar la querella al entender que "la no retirada" por parte de Latxaga "de dos calles a dos miembros de ETA" no constituye delito alguno.

En este sentido, Andreu señala que el actual alcalde de Amorebieta ni es responsable "del expediente de concesión de los nombres de las calles" objeto de la querella, ni consta que haya "efectuado ningún tipo de manifestación o acción encaminada a enaltecer o justificar el terrorismo o a humillar a las víctimas".

Por estas razones, el magistrado decidió, tal y como solicitó la Fiscalía de la Audiencia Nacional, no admitir a trámite la querella presentada por la asociación Dignidad y Justicia.

(SERVIMEDIA)
01 Mayo 2008
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