ETA

LA AUDIENCIA NACIONAL DICE QUE JARRAI-HAIKA NO ES UNA BANDA ARMADA, SINO UNA ASOCIACIÓN ILÍCITA - "Complementan el verdadero terror ejecutado por la organización armada" ETA

MADRID
SERVIMEDIA

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional considera que la organización juvenil Jarrai-Haika- Segi no es una banda armada, sino una organización "de naturaleza ilegal". Así consta en una sentencia por la que condena a 24 miembros de dicha agrupación por asociación ilícita.

Para los magistrados que firman la sentencia, "dichas organizaciones, aún cuando tuvieran por sí mismas una finalidad ideológicamente próxima a la que, con su actividad armada, persigue la organización terrorista ETA, desplegaban actuaciones -además de las legítimas- que nunca se enmarcaban en la utilización de armas", lo que, a su juicio, "no supone que dichas organizaciones carezcan de la naturaleza ilegal".

Según la sentencia, hay que distinguir "entre la organización terrorista armada y otras organizaciones sociales, políticas o juveniles creadas en el seno del Movimiento de Liberación Nacional Vasco (MNLV), cuya inicial finalidad no era la de un simple apoyo 'moral' a la acción armada, sino, esencialmente, el desarrollo de una actividad que, atentando contra la seguridad de la colectividad -esto es, ejecutando verdaderos actos ilícitos- complementan el verdadero terror ejecutado por la organización armada".

Para los magistrados, "se trata en realidad de organizaciones o asociaciones que, coordinadas y bajo los designios de ETA, complementan en distinto ámbitos la estrategia política de la organización hegemónica, siendo así que es a la lucha propiamente armada a la que debe quedar circunscrito el concepto de 'banda armada'".

ORIGEN

Los magistrados relatan en la sentencia que entre 1968 y 1974 ETA estuvo configurada en 4 frentes de actuación, uno militar, otro político, otro obrero y otro de masas.

En 1974, la banda terrorista decidió iniciar un proceso de "desdoblamiento estructural", de forma que la denominación ETA se reservaba para el uso exclusivo del antiguo frente militar, mientras que el resto de los otros tres, "aprovechando la transformación política que se operaba en el Estado español, pasaban a la 'legalidad'".

Así, explican que KAS (Koordinadora Abertzale Sozialista) nace en 1975 para agrupar a todas las organizaciones y grupos de izquierdas y "abertzales".

"Como consecuencia de la necesidad de contar con una 'organización juvenil de nuevo cuño', en 1978 y en el seno de KAS, se constituyen las juventudes de KAS, denominación que, en un primer congreso, se sustituye por la de Jarrai".

La organización juvenil Jarrai, luego Haika y después Segi, formó parte integrante de KAS, posteriormente EKIN, según los magistrados de la Audiencia Nacional. Jarrai "siempre desarrolló algún tipo de violencia callejera como complemento a la estrategia de ETA".

Haika, añaden, "asumió la función de dirección ejecutiva que antes realizaba Jarrai de 'introducir' a jóvenes en las actividades conocidas como 'kale borroka' o 'violencia callejera'".

Además, indican que "la relación de Segi con los actos de 'violencia callejera' fue prosecución de las actividades de Jarrai y de Haika, a las que sucedió en el tiempo".

16 CONDENADOS

En el caso en el que hoy se ha dictado sentencia se sentó en el banquillo de los acusados a 33 personas, de las que 16 han sido condenadas a 3 años y seis meses de prisión como responsables de un delito de asociación ilícita, en su condición de directores o dirigentes.

Ocho de los acusados han sido condenados a dos años y seis meses de cárcel como responsables de un delito de asociación ilícita, en su condición de miembros activos.

Las nueve personas restantes han sido absueltas, cuatro por falta de pruebas y cinco al haberse retirado la acusación que pesaba contra ellas.

Además, en el fallo, los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional disuelven las organizaciones Jarrai, Haika y Segi.

(SERVIMEDIA)
20 Jun 2005
VBR