LA AUDIENCIA NACIONAL DA LA RAZON A LOS SINDICATOS EN LA DENUNCIA DE LAS ELECCIONES PLANTEADA POR RENFE

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional desestimó un conflicto colectivo planteado por Renfe contra los sindicatos de la compañía por elegir en los pasados comicios a 150 representantes más de los establecidos por el Estatuto de los Trabajadores.

La sentencia, hecha pública yer, establece que el pacto celebrado entre la dirección de Renfe y las centrales para regular las elecciones sindicales de 1986 también fue válido para las del 90.

De acuerdo con dicho pacto, los trabajadores de Renfe tienen derecho a elegir 51 comités de empresa (uno en cada provincia, más cuatro en Madrid y dos en Barcelona) y 150 representantes más de los que legalmente les correspondería aplicando literalmente el Estatuto de los Trabajadores.

En contrapartida, los sindicatos renuncian a consituir comités de empresa en todos los centros de Renfe con más de 50 trabajadores, a lo que también tendrían derecho por el Estatuto de los Trabajadores. El objetivo de este pacto era racionalizar el mapa electoral de la compañía ferroviaria.

La sentencia rechaza la pretensión de Renfe de eliminar los 150 delegados adicionales, argumentando que la empresa sólo pretende modificar esta parte del acuerdo, que le perjudica, pero no la reducción del número de comités, que le beneficia.

Según el fallo e la Audiencia Nacional, la impugnación del pacto tiene que hacerse en su totalidad, porque así consta en su propia cláusula de denuncia. Entiende, en consecuencia, que, como no se denuncia la parte relativa al número de comités, "hay que llegar a la conclusión de que la denuncia efectuada carece de valor".

El sindicato ferroviario de CCOO ha solicitado a Renfe la inmediata aplicación de la sentencia, mediante el reconocimiento del comité general de empresa surgido de las pasadas elecciones y el reconcimiento de los 150 delegados adicionales.

(SERVIMEDIA)
19 Feb 1991